Madrid -El juez de la Audiencia Nacional Fernando Andreu se ha visto obligado en aplicación de las nuevas condiciones impuestas por la reforma de la Justicia Universal a dejar en libertad a ocho marineros egipcios detenidos en aguas de Almería cuando transportaban en un pesquero un total de 9,8 toneladas de hachís distribuidos en 450 fardos.
El magistrado ha declarado la falta de jurisdicción de los tribunales españoles y el sobreseimiento de la causa abierta en contra de los ocho presuntos narcotraficantes. En aplicación de la nueva normativa aprobada por el PP, los tribunales españoles no pueden instruir ni perseguir estos hechos, que encajarían en un delito de tráfico de sustancias estupefacientes cometido por ciudadanos extranjeros, señala el juez.
Recuerda que si bien la Justicia española prevé una relación de delitos en los que la competencia de España va más allá de los principios de territorialidad, acogiendo el principio de persecución universal, esta competencia "se ha visto recientemente modificada, limitándola y estableciendo una serie de requisitos que suponen una muy importante restricción de la competencia de los tribunales españoles para el conocimiento de hechos cometidos fuera de nuestras fronteras".
Imposibilidad de juzgarlos En su auto, Andreu explica que los marineros arrestados no son de nacionalidad española, el barco en el que transportaban la droga no tiene pabellón español y tampoco tenían intención de cometer el delito en España dado que fueron detenidos cuando se dirigían a Libia. "De acuerdo con tales criterios en este caso ni es posible considerar que los tribunales españoles tengan jurisdicción para la instrucción y enjuiciamiento de estos hechos", asegura el juez en un auto hecho público ayer.
La reforma establece que la jurisdicción española solo es competente en delitos de narcotráfico cometidos por españoles o extranjeros cuando los hechos se cometan en su territorio o a bordo de una nave que enarbole su pabellón o cuando el procedimiento lo cometa un español o una organización criminal con miras a su comisión en el territorio nacional. "La aplicación de la reciente normativa supone, en estricta aplicación del principio de legalidad nacional e internacional, el necesario sobreseimiento de la causa, en aplicación de la Disposición Transitoria Unica de dicha ley, al carecer la jurisdicción española de competencia para conocer de los hechos enjuiciados y la consiguiente libertad de los imputados, que se encontraban en situación de prisión preventiva por esta causa", señala el dictamen.
El navío fue interceptado el pasado 6 de marzo a 60 millas del Cabo de Gata (Almería). La operación se inició cuando medios aéreos de Vigilancia Aduanera de la Agencia Tributaria y de la Aduana Francesa detectaron un pesquero sospechoso. Los detenidos, el buque y la droga pasaron a disposición del juzgado de instrucción número 5 de Almería que se inhibió a favor de la Audiencia Nacional. Andreu ordenó la destrucción de la droga incautada en la operación. - E.P.