MADRID. Así lo han informado fuentes jurídicas, que han explicado que dicho informe, en el que se sostiene que el estado del preso es "irreversible", debe ser ampliado con el historial clínico del paciente, sus antecedentes médicos, así como que vaya firmado por "personas concretas" y no por una comisión médica.

Las mismas fuentes han señalado que la Fiscalía aún no ha recibido la notificación de la incoación del expediente de libertad condicional de Uribetxebarria -que hoy cumple su decimotercer día en huelga de hambre-, trámite que debe realizar la Junta de Tratamiento de la cárcel de Zaballa (Araba).

Aparte de este informe, al Juzgado Central de Vigilancia Penitenciaria debe llegar también otro informe que reclamó el juez de la Audiencia Nacional Santiago Pedraz sobre si el cáncer que padece el preso puede ser tratado por los servicios penitenciarios hospitalarios.

Una vez reciba estos informes, la clínica forense de la Audiencia tendrá que elaborar otro en el que constate el estado de salud del recluso, tras lo que se dará traslado a la Fiscalía para que se pronuncie sobre la procedencia o no de dejar en libertad provisional a Uribetxebarria, condenado por el secuestro de José Antonio Ortega Lara.

Las fuentes consultadas consideran que esa postura se conocerá en un plazo de entre diez y quince días, tras lo que el juez central de Vigilancia Penitenciaria, José Luis Castro, podrá ya tomar una decisión sobre la excarcelación de Uribetxebarria que, en cualquier caso, no será inmediata.

"ESTRICTAS REGLAS DE CONDUCTA" Instituciones Penitenciarias clasificó en tercer grado el pasado viernes al terrorista y propuso que cumpliera "estrictas reglas de conducta" si queda en libertad condicional.

Así, sugería el alejamiento de sus víctimas o de los familiares directos de éstas, así como la prohibición de ausentarse, sin previa autorización de la Administración Penitenciaria, de la localidad en la que fije su residencia.

También planteaba que se le prohíba participar de forma activa o pasiva en manifestaciones públicas de enaltecimiento o legitimación de la violencia, especialmente de la banda terrorista ETA, y que haga declaraciones que conlleven desprecio o desconsideración de las víctimas del terrorismo.

Dichas pautas deberá incluirlas la Junta de Tratamiento en el expediente de libertad condicional de Uribetxebarria para someterlas, "al margen de cualesquiera otras que considere oportunas", al criterio de Castro.