“Privar a las personas de sus Derechos Humanos es poner en tela de juicio su propia humanidad”. (Nelson Mandela, activista sudafricano por los derechos civiles)

El racismo institucional castiga a los solicitantes de protección internacional

Hoy, 21 de marzo se conmemora el Día Internacional contra la Discriminación Racial. El racismo institucional tanto en Europa como en el Estado español va en alza y deja asomar fantasmas de épocas de la historia de la humanidad que pensábamos se quedarían en el olvido para siempre. Este racismo institucional se está manifestando a través de leyes restrictivas e injustas contra las personas migrantes y las personas solicitantes de Protección Internacional. Este año, el día 20 de mayo, entrará en vigor el Reglamento 1155 de 2024. Un reglamento, que dejará en muy mal lugar social y laboral a las personas solicitantes de asilo en el Estado español. Todas aquellas personas que incansablemente luchan por los Derechos Humanos de las personas migradas y por las que solicitan Protección Internacional (PI) ven en este reglamento la confirmación de lo que ya se sospechaba: el Estado español, en línea con el resto de países de Europa, está girando hacia la extrema derecha y quiebra aquellos valores de solidaridad, justicia y preservación de los Derechos Humanos que siempre defendió. Y deja paso a leyes racistas, a discursos de odio y de miedo al otro.

Hasta el momento, todas aquellas personas que llegaban a territorio español y manifestaban necesidad de asilo se dirigían a una comisaría de policía, dejaban sus datos y luego eran llamadas para hacer la petición. Una vez escuchadas, se quedaban a la espera de la decisión del Estado español sobre su solicitud, bajo el amparo de entidades sociales, que les prestaban alojamiento, clases de castellano e iniciaban con estas personas itinerarios de inserción sociolaboral, es decir, prestándoles un tratamiento humano y solidario.

Por parte de la administración, los tiempos de respuesta a estas solicitudes acostumbran a ser demasiado largos, condicionando la vida de las personas, que al no saber qué pasará con su expediente, viven en un constante estado de alerta. Dependiendo del país de origen de la persona solicitante de Protección Internacional (PI), la resolución a sus expedientes puede tardar hasta dos años. De un momento a otro, las personas que, en muchos de los casos, al cumplir los seis meses podían trabajar siendo solicitantes de PI, reciben la notificación de su solicitud.

Esta resolución, cuando es negativa, deja a las personas sin trabajo y en un plazo de 15 días tienen que abandonar los recursos de acogida, el país y el puesto de trabajo, sin que el empresario, aunque necesitase de su mano de obra, tenga posibilidad de mantenerlo en el mismo. Esto sucede porque el tiempo actual de empadronamiento requerido por la ley para solicitar el permiso de trabajo y residencia por arraigo es de 3 años ininterrumpidos y no siempre cuando se recibe la notificación se está dentro de estos plazos.

Este tiempo con el nuevo reglamento se reduce a 2 años. Con el nuevo reglamento de Extranjería, que entrará en vigor en algunas semanas, España se quiere blindar ante lo que cree ser un abuso del sistema de asilo y refugio y lo hace de forma cuestionable. Porque todas las personas que hasta el momento estaban empadronadas tenían un trabajo por ser solicitantes de Protección Internacional; al recibir la denegación, se quedarán sin nada. Se les borrará todo. Se quedarán sin poder trabajar y en caso de que escapen de la repatriación, no podrán regularizarse, al menos en seis meses. Se quedarán en situación de extrema exclusión social, en el más absoluto desamparo.

El nuevo reglamento también dejará sin amparo a aquellas mujeres que no huyen de bombas, ni de tiroteos, pero sí de algo quizás mucho peor, como puede ser la Mutilación Genital Femenina (MGF); huyen de los matrimonios forzados, huyen por ser lesbianas o transgéneros en países con leyes que matan, huyen por ser activistas sociales y políticas, huyen de costumbres culturales que no entienden de Derechos Humanos. Huyen hacia un lugar del que escuchan ser seguro y acogedor, vienen hacia una Europa que enseña a los demás valores democráticos y de Derechos Humanos, pero que cada día se aleja de esos valores que ofrece a los demás. Incluso instrumentaliza el debate sobre la atención a los menores no acompañados, olvidándose del imperativo legal de salvaguarda del interese superior de los mismos y la obligación del Estado de velar por su bienestar, llegando a proponer la externalización de las fronteras y de los servicios a este colectivo.

Para las personas que no sean solicitantes de PI, se les exigirá dos años de empadronamiento en el territorio español para poder solicitar una tarjeta de residencia por arraigo sociolaboral. También se ofrecerá la posibilidad de arraigo familiar a aquellas personas que tengan un familiar residente en España; y tarjetas de segunda oportunidad a aquellas personas que hubiesen perdido su tarjeta de residencia y tuviesen dificultades para recuperarlas. Asimismo, la tarjeta por arraigo socioformativo permitirá que las personas puedan trabajar, cosa que no pasaba hasta el momento. En resumen, las personas más perjudicadas por la nueva reglamentación de extranjería son los solicitantes de Protección Internacional y, especialmente, los denegados o con recursos administrativos o judiciales pendientes.

Trabajadora social, doctorada en Administración y Política Pública por la UPV/EHU y activista por los Derechos Humanos