La presencia de agentes de la Guardia Civil en el Palau de la Generalitat, el Parlament, la consellería de Justicia y el Centro de Telecomunicaciones de la Generalitat (CTTI) con un requerimiento judicial sobre el registro de visitas de quien fuera conseller de Justicia, Germà Gordó, dentro del denominado caso del 3%, llama la atención, tanto por el conocimiento y despliegue mediático de que se ha acompañado, como por la oportunidad del mismo en pleno agudo debate político respecto a la convocatoria del referendum del próximo 1 de octubre en Catalunya. Sin intención de cuestionar la más que evidente necesidad de investigar todos los casos de presunta corrupción en la administración pública y en el desempeño de las labores de representación política, que se han demostrado profusos y extendidos en el tiempo y el espacio en el Estado español, sí cabe sin embargo preguntarse por el procedimiento empleado en esta ocasión, coincidente por cierto con la emisión en Catalunya y en Euskadi -no así en el Estado- de un polémico reportaje televisivo sobre las actuaciones del Ministerio de Interior español que incluía claras referencias a procedimientos ciertamente ilegítimos contra políticos catalanes implicados en el procés soberanista. Que el requerimiento judicial, firmado por el magistrado Carlos Ramos, quien formase parte del tribunal que condenó a Artur Mas, Joana Ortega e Irene Rigau por desobedecer al Tribunal Constitucional en la convocatoria del 9-N, fuese trasladado de ese modo, con la personación -filtrada a los medios- de agentes de la Guardia Civil en las sedes del Parlament y la Generalitat parece carente de toda mesura, cuando esta es parte esencial de las decisiones judiciales, ya que existen cauces mucho menos aparatosos que, en todo caso, hubiesen obtenido idéntica respuesta; y se antoja todo menos ajeno al actual clima político de incomprensión y enfrentamiento entre las instituciones catalanas y el Gobierno de Mariano Rajoy, quien precisamente ayer visitaba Catalunya para un acto tan relevante como la inauguración de un Parador Nacional. Así pues, no parece descabellado pensar que el diseño y la traslación a la práctica de la diligencia judicial no han estado exentos de una intencionalidad distinta, o cuando menos añadida, a la del esclarecimiento de un presunto delito; con la contaminación de los fundamentos de la Justicia que implica.
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