la sentencia de la sala primera del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, en respuesta a una cuestión prejudicial planteada por un Juzgado de Barcelona a raíz de un proceso de desahucio por impago de la hipoteca, cuestiona en forma y fondo la legislación sobre la materia en el Estado español. El fallo ratifica el informe emitido en noviembre por la abogada general del Tribunal, Julianne Kokott, y determina que la legislación española incumple una directiva aprobada por el Consejo en 1993. Dicha directiva, en su artículo 3, considera abusivas las cláusulas contractuales que "causan, en detrimento del consumidor, un desequilibrio importante entre los derechos y las obligaciones de las partes". La sentencia del Tribunal Europeo interpreta ahora la directiva en referencia a la legislación estatal con un cuestionamiento explícito y una crítica implícita al "desequilibrio importante" por los muy escasos límites que la Ley Hipotecaria española de 1946 plantea ante los extendidos y desorbitados intereses de demora. Reafirma además la potestad del juez de determinar la paralización cautelar de un proceso de desahucio "para garantizar la plena eficacia de su decisión final" al analizar el carácter abusivo o no de una cláusula y determina que "el régimen procesal español menoscaba la protección" que la directiva europea pretende ofrecer al ciudadano, una falta de respaldo que también en Euskadi ha derivado en suicidios, sin menoscabo del drama que padecen quienes pese a su tragedia vital no llegan a tal extremo. El Tribunal cuestiona la Ley Hipotecaria, vigente con algunas modificaciones desde hace 67 años, ante la falta de claridad al estipular el carácter abusivo de las cláusulas, aspecto imprescindible a corregir en el nuevo proyecto de ley que se tramita en el Congreso y cuyo plazo de enmiendas concluye hoy. Pero, al mismo tiempo, la sentencia del tribunal de la UE concluye que la Ley de Enjuiciamiento Civil que regula los procedimientos de desahucio no otorga a los consumidores la protección que la legislación europea exige y que es imprescindible para validar en la práctica la defensa del ciudadano ante actividades profesionales abusivas. La UE pone coto a la banca y a los serviles gobiernos que ha encontrado a la hora de legislar en el Estado.