uno de los indicadores más visibles y preocupantes de la inadecuada forma de encarar la política migratoria en general y la política hacia la infancia y juventud extranjera desprotegida en particular es contemplar los lamentables argumentos que se utilizan por parte de la administración a quien compete la protección de éstos jóvenes, ahora también en el caso de Álava.
La argumentación se centra intencionadamente en el falso debate sobre si estos jóvenes son o no mayores de 18 años, porque en el fondo de este argumento late que el objetivo de las actuales políticas es el aparcamiento temporal con el objetivo no de impulsar su incorporación social y extender así el derecho de ciudadanía cumplidos los 18 años.
Vaya por delante que nos quedamos, aunque la consideremos insuficiente, con la política de quienes asumen esta acogida temporal, como el caso de las instituciones alavesas, aunque sea a regañadientes, y consideramos injustificable la actitud de otras comunidades autónomas que ni siquiera cumplen con los mínimos.
Las posibilidades de acogida son enormes: miles de viviendas vacías en Álava, cientos de jóvenes alaveses licenciados en paro que pueden trabajar en estas tareas, hogares alaveses dispuestos a acogerles, pero falta, como siempre, reorientar las prioridades políticas atendiendo preferentemente a las necesidades sociales de la población excluida.
Los criterios y programas para materializar el objetivo de la integración social de esta infancia y juventud extranjera desprotegida está bien clara en la legislación vigente (Ley 3/2005). Con ella en la mano, la reclusión en centros de acogida temporal es la medida central, por no decir única, que se desarrolla y responde a la lógica del aparcamiento temporal.
Por el contrario existen otras muchas medidas contempladas en nuestra legislación y que suponen el impulso de una nueva política que busca su integración social. Eso no quiere decir que todos tengan ni intención de quedarse en nuestro país, los datos hablan por si mismos, pero nuestra obligación habría de ser acogerlos, es decir, trabajar por su integración social voluntaria.
Vamos a plantear primero cuatro criterios de actuación: 1) Garantizar el derecho a la identidad sin que su identificación vaya en contra de sus intereses y pueda incidir en la conculcación del resto de sus derechos; 2) Hacer efectiva su regularización mediante su tutela y documentación, regularización que supone un plan individualizado de incorporación social a nuestro país con el objetivo final de garantizar su permanencia mientras tenga voluntad, lo que supone garantizar su derecho al proyecto migratorio individual, a no ser repatriado contra su voluntad y al acceso a la nacionalidad española de quienes lo deseen, incluyendo a quienes ya son mayores de 18 años; 3) Potenciar todas las acciones, programas y políticas necesarias, entre la red institucional y asociativa, para impulsar y crear los dispositivos necesarios para la acogida, acompañamiento y arraigo y conseguir reducir al máximo la utilización de los actuales centros de acogida hasta sustituirlos por programas comunitarios alternativos; y 4) Reforzar los mecanismos de control garantista sobre las actuaciones en los procesos de detención y repatriación, así como sobre las condiciones en las que se encuentran los llamados menas en los centros de acogida.
En cuanto a los servicios y programas contemplados en la actual legislación que facilitarían su incorporación a nuestra sociedad, podemos destacar la potenciación de una red social de acogimiento personal y familiar, estructurada internamente y coordinada con las instituciones, mediante programas de acompañamiento personal y acogimiento familiar a la infancia y juventud extranjera. Esta ha de ser la norma tal y como dice la ley frente a las demás previstas.
Para ello es necesario el apoyo y remuneración económica a las familias acogedoras siempre que la motivación para acoger no sea el dinero, simplemente para evitar las cargas familiares que supone el cuidado del menor, y sin expectativa de acogimiento pre-adoptivo, sino de emancipación del joven, implicando a familias con el mismo origen cultural, trabajando conjuntamente con las de origen en caso de ser posible y con el apoyo a las familias acogedoras con equipos de trabajadores sociales, educadores de familia, mediadores culturales e idiomáticos, etcétera.
En los casos de acogimiento institucional, hay que potenciar los hogares de pequeño tamaño adaptados a la edad, situación familiar, características personales de cada menor, donde no se prioricen criterios de seguridad y reduciendo o eliminando el recurso a centros residenciales o macrocentros.
También condiciones dignas de trabajo de las personas profesionales que trabajan en los servicios de atención, gestión pública y no privada de todos los programas y servicios de atención a menores, con especial cuidado hacia el negocio de la atención a la infancia, adolescencia y juventud en situación de desamparo o con las empresas privadas disfrazadas de ONGs que tras presuntos intereses altruistas esconden intereses con ánimo de lucro encubierto.
Asimismo, programas de continuidad para el acogimiento de quienes cumplen los 18 años y no han podido aún conseguir su autonomía con pisos de emancipación de larga estancia con un proyecto de apoyo educativo, formativo y laboral. Se evita así la huida de los centros, la repatriación, el abandono social y, lo que es más preocupante, condenarles a la clandestinidad cumplidos los 18 años y a recurrir a la economía sumergida.
Queda mucha tarea por hacer, tanto en la reconstrucción de discursos y prácticas como en la de nuevas formas de concebir esta cuestión y de afrontarla. En esta tarea hemos de crear sinergias entre los propios afectados, la sociedad civil y sus redes asociativas y las instituciones. Y un primer paso es eliminar la imagen distorsionada y los prejuicios racistas creados intencionadamente hacia esta parte de nuestra juventud.