Bilbao - Importante revés judicial para los clientes que han decidido reclamar los gastos de su hipoteca. Tras las primeras sentencias favorables a los consumidores, el Tribunal Supremo ha rebajado las expectativas resolviendo que debe ser el titular de la hipoteca el que se haga cargo de los impuestos vinculados a la firma del contrato, que suponen alrededor de tres cuartas partes de todos los gastos de la hipoteca. Para una hipoteca media en Euskadi el conjunto de costes ronda los 3.000 euros, de los que unos 2.000 serían los impuestos que el Supremo imputa ahora al consumidor.

La sentencia es un claro espaldarazo a las entidades bancarias del Estado español. Decisiones judiciales anteriores habían generado una avalancha de reclamaciones por parte de los titulares de hipotecas que han obligado a crear juzgados especializados a nivel territorial para resolver esta cuestión. El propio Tribunal Supremo consideró “abusivo”, en un fallo de finales de 2015, que los bancos cobrasen al cliente todos los gastos e impuestos de la hipoteca sin hacer distinciones entre los que corresponden al titular y los que debe pagar la propia entidad.

Repitiéndose el patrón de las cláusulas suelo, miles de consumidores han procedido en los últimos meses ha formular reclamaciones por la vía administrativa y judicial, logrando en muchos casos la devolución de parte de esos gastos, bien por sentencia o bien a través de un acuerdo previo con el banco.

El criterio establecido por el Supremo es un jarro de agua fría para los consumidores. En respuesta a dos recursos, resuelve que deben ser los propios clientes quienes paguen los impuestos asociados a la firma de la hipoteca, básicamente la tasa de Actos Jurídicos Documentados (AJD) y el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP). Este último tributo no se corresponde en realidad con la propia hipoteca sino con el contrato de compraventa, aunque muchos abogados lo incluyen en la reclamación de gastos.

menos dinero a recuperar Para una hipoteca media de Euskadi, de unos 150.000 euros, el conjunto de gastos de formalización pueden rondar los 3.000 euros, de los que cerca de 2.000 serían impuestos. En números redondos, otros 600 euros podría corresponderse con el coste de la notaría y, el resto hasta 3.000, con otras cuestiones como la inscripción de la vivienda en el registro.

En esta misma sentencia, que se hará pública de forma íntegra en unas semanas, el Supremo se inclina por repartir a partes iguales los gastos de los documentos notariales -salvo las copias de los documentos, que pagará cada parte las suyas-. Es decir, el cliente solo podría recuperar la mitad de lo que corresponde a la notaría, lo que rebaja aun más la cuantía total a perseguir.

“Es un pequeño varapalo, sí. Iniciar un proceso así para recuperar 600 o 700 euros pues, claro, igual no compensa tanto. El número de reclamaciones se frenará”, explicó Borja Rucabado, del despacho bilbaíno Sagarminaga Abogados. El letrado, especializado en este tipo de reclamaciones, remarca no obstante que el pronunciamiento del Supremo entraba dentro de lo previsible. Las sentencias de la Audiencia de Bizkaia reconociendo la devolución del impuesto de Actos Jurídicos Documentados -exento en este territorio para primera vivienda- han sido excepcionales ya que la mayor parte de las audiencias provinciales del Estado ya venían dando la razón al banco en la cuestión relativa a los impuestos.

¿Significa esto el fin de las reclamaciones? Aunque no están vinculados de manera directa, lo habitual es que los jueces españoles sigan el criterio establecido por el Supremo. Es de esperar, por tanto, que esta sentencia cambie el sentido de las resoluciones de los jueces vizcaínos, aunque también es probable que la cuestión llegue a la justicia europea. El letrado de Sagarminaga cree que, aunque irán a menos, seguirán abriéndose nuevos procesos a la espera de que Europa vuelva a dar la vuelta a la tortilla.

“Ya se está diciendo que hay esperanzas de que el tema llegue a Europa, por lo que los abogados seguiremos haciendo reclamaciones. El problema es que, como se vio con las cláusulas suelo, la cuestión puede tardar en resolverse cuatro o cinco años. Habrá que esperar”, afirma Rucabado.

Desde las asociaciones de consumidores, la OCU, Facua o Adicae lamentaron la visión del Supremo respecto a los impuestos de los créditos hipotecarios y destacaron que puede contribuir a relajar las cautelas que deben mantener los bancos al firmar una hipoteca tras los últimos fallos favorables al consumidor.

Aun así, remarcan que, a falta de conocer el veredicto completo, podría haber contradicciones con otras sentencias anteriores o con el criterio de la justicia europea, por lo que emplazaron a conocer cómo se pronuncia el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE). “Estamos seguros de que los tribunales europeos nos darán la razón”, aseguró la presidenta de Asufin, Patricia Suárez, que recordó que, habiendo ocho millones de hipotecas en España, están en juego “muchos miles de millones de euros”.

hipoteca media. Tomando como referencia el capital medio solicitado en Euskadi, la distribución aproximada de los gastos es la siguiente.

gasto total. La mayoría de los gastos los debe asumir el titular de la hipoteca, según el Supremo.

impuestos. Aunque se reclaman tanto el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales como el de Actos Jurídicos Documentados, solo el segundo es propiamente parte de la hipoteca. En Bizkaia está exento en primera vivienda. Ambos los debe abonar el cliente.

notaría. Un gasto compartido a medias entre el banco y el cliente.

registro y gestoría. Los gastos restantes sí pueden ser recuperados.