donostia - Una jueza de Bergara ha anulado un contrato privado propuesto por Caja Rural de Navarra a unos clientes que le pidieron la supresión de la cláusula suelo de la hipoteca que habían suscrito por importe de 240.000 euros, pagaderos en 40 años, informaron a la Agencia Efe fuentes del caso.
Según estas fuentes, el acuerdo accedía a retirar el “suelo” de la hipoteca (que establecía que el tipo de interés ordinario a cobrar por la caja nunca podía ser inferior al 2,75% anual), a cambio de que los clientes aceptaran un tipo fijo y renunciaran tanto a cobrar el dinero abonado de más hasta ese momento por la aplicación de la cláusula, como a ejercer las acciones judiciales contra le entidad bancaria que eventualmente pudieran corresponderles.
La sentencia del caso explica que “a la vista de la prueba practicada” en el juicio “no ha resultado acreditado” que los perjudicados “recibieran la información suficiente” sobre este contrato privado, ya que la “oferta” que les hizo la caja “les colocaba en una situación más ventajosa que la anterior, pero en peor lugar que si en ese momento se hubiera procedido a la supresión de la cláusula suelo”.
Además de anular este acuerdo, al entender que existió un “vicio en el consentimiento” otorgado por los clientes, la resolución también anula por “abusivos” 5 apartados de la hipoteca, entre ellos la referida cláusula suelo; otra de comisiones; una tercera sobre los “gastos a cargo de la parte prestataria”, otra referida al “interés de mora” y una quinta de “resolución anticipada”. Por estos motivos, la sentencia anula todos estos apartados y condena a la caja a abonar a los afectados “la cantidad que haya percibido” por la aplicación de la cláusulas suelo y la de comisiones, así como la mitad de los gastos de constitución de la hipoteca, además de la totalidad de los impuestos que abonaron no estando obligados. Cantidades todas ellas incrementadas con sus correspondientes intereses legales.
En cuanto a la cláusula de intereses de mora, la jueza determina que deberá realizarse una nueva liquidación de intereses, “aplicando el tipo de interés vigente en cada momento”. - Efe