madrid - La decisión del juez Fernando Andreu de imputar a los beneficiarios de las tarjetas opacas de Caja Madrid y Bankia tiene un precedente. Un día antes, el martes, el Tribunal Supremo sentenció que el uso de las tarjetas Visas de empresa para gastos particulares constituye un delito de apropiación indebida pese a que no exista limitación expresa de hacerlo por parte de quien haya autorizado su uso.
Que el juez de la Audiencia Nacional se fijó en la sentencia del Supremo queda de manifiesto cuando en su escrito reprodujo parte de la sentencia del Alto Tribunal: “El más elemental sentido común impone al titular de una tarjeta de empresa excluir su utilización para gastos personales, que no revistan la naturaleza de gastos de representación y que sean ajenos al ámbito de la empresa que la sufraga”, ello “sin necesidad de limitación expresa de quien haya autorizado el uso de la tarjeta”.
El Tribunal Supremo confirmó la pena de cuatro años y medio de cárcel a un administrador solidario de tres empresas y otra pena similar a su esposa, que trabajaba de administrativa en ellas, por cargar gastos estrictamente personales por más de 450.000 euros.
Basado en esa sentencia y bajo la sospecha de que los usuarios de las tarjetas opacas de Caja Madrid y Bankia pudieron apropiarse de forma indebida de fuertes cantidades, el juez Andreu decidió ayer imputar a la antigua cúpula de la entidad. Ha citado a 81 beneficiarios -78 ayer-, incluidos los exdirectivos y no solo los 27 exconsejeros que le reclamó la Fiscalía en un escrito el lunes.
En el auto el juez hace distinción entre unos y otros pero pone en común a todos ellos que existen “serias dudas” sobre el carácter de los gastos que originaron con sus tarjetas, muchos destinados a “compras de alimentación, de electrodomésticos, grandes superficies, ropa o retiradas de efectivo”. Por ello Andreu intentará aclarar definitivamente si las Visas se emitieron como gastos de representación o como complemento de retribución. En función de esos supuestos se definirían los delitos que podrían haber cometido: de administración desleal o apropiación indebida. - DNA