BILBAO. El TC todavía no ha hecho pública la sentencia, pero se la ha comunicado a las partes, y el consejero la ha desvelado en una jornada en Bilbao sobre pensiones complementarias.

El Gobierno español recurrió doce artículos de esta ley vasca de febrero del 2012 por entender que la legislación vasca invadía competencias del Estado en materia mercantil y de regulación de seguros, y el TC, según el consejero vasco, ha anulado párrafos de ocho.

El consejero ha explicado que se trata de cuestiones técnicas referidas a los rescates de los planes de pensiones y a los coeficientes de solvencia necesarios.

En opinión del consejero, el grueso de la ley ha quedado vigente, ya que consta de ochenta artículos y doce disposiciones. El Gobierno vasco estudia ahora cómo quedará la ley tras la invalidar el TC los citados párrafos.

El Gobierno recurrió los artículos 14.a); 19.2; 22; 23.1.a); 24; 26.1; 32.1; 46.2; 57.2; 58.1.c) y 2 y 60.1 de la ley vasca.

Los artículos recurridos se refieren a los siguientes temas: 1) El principio de no discriminación en los planes de previsión social preferentes. 2) La determinación de los derechos económicos de los asociados en los diversos tipos de planes de previsión. 3) La movilización de los derechos económicos. 4) La supresión del rescate para aquellos socios con una antigüedad superior a los diez años en las EPSV individuales y asociadas. 5) Las contingencias que cubren los Planes de Previsión. 6) Las formas en que se pueden percibir las diferentes prestaciones. 7) La manera de obtener la capacidad jurídica por parte de las EPSV. 8) Las causas por las que se pueden extinguir los Planes de Previsión. 9) La designación de un defensor del asociado en las EPSV individuales. 10) El modo de determinar las provisiones técnicas. 11) Los criterios que se deben de seguir a la hora de realizar las inversiones.

Según el recurso que presentó el Gobierno, la norma vasca incurre en "extralimitación competencial al diseñar un modelo de previsión social que se separa del que diseña la legislación básica de seguros y la mercantil sobre planes de pensiones".

En lo que se refiere a los planes de previsión social, consideró que la extralimitación competencial se produce por cuanto la ley vasca "regula materias reservadas a la legislación mercantil" competencia exclusiva del Estado.

Según los datos aportados por el consejero, el patrimonio de las EPSV vascas alcanza ya un importe de 22.000 millones de euros, lo que supone un 35 % del PIB vasco, ocupando una posición intermedia en la clasificación de los países de la OCDE, y triplicando el porcentaje estatal, que según el consejero es del 9 por ciento