La fase de la reforma de pensiones ha sido aprobada el jueves por el Consejo de Ministros y marcará las claves de los nuevos plazos, prestaciones y aportaciones del futuro más cercano. Las medidas cuentan con el respaldo de los dos socios de Gobierno y el apoyo de parte de los partidos que habitualmente apoyan al Ejecutivo en el Congreso. En el ámbito social están refrendadas por los sindicatos y cuenta el rechazo de la patronal.

Aunque más tarde de lo previsto la reforma ha sido aprobada y pasará a debatirse ahora en el Congreso. La reforma era un compromiso con Bruselas imprescindible para la llegada de los fondos europeos. Su objetivo final es garantizar la sostenibilidad del sistema de pensiones y su revalorización conforme al IPC.

La reforma contempla una estructura de ingresos basada en el lasubida de las bases máximas de cotización (actualmente 4.495 euros mensuales) de 2024 a 2050, añadiendo a la tasa anual del IPC una cuantía fija de 1,2 puntos porcentuales. Además los salarios más altos aportarán el 1% en 2025 que irá subiendo 0,25 puntos al año hasta llegar al 6% en 2045. Por último el mecanismo de equidad intergeneracional se dobla hasta 1,2% en 2050, a un ritmo de una décima al año.

La nueva normativa, que tardará tiempo en ser efectiva ya que su aplicación va a ser progresiva, traerá algunos cambios que pueden afectar al cálculo de tu pensión y a la cantidad que percibas cuando te jubiles.

Para calcular la pensión que vas a recibir en tu jubilación, la Seguridad Social tiene en cuenta la base reguladora de tus últimos períodos de cotización. La propia Seguridad Social señala que "la base reguladora es la cuantía que se emplea para determinar las prestaciones contributivas del sistema de la Seguridad Social, es decir, es uno de los factores que sirven para calcular el importe de tu pensión y se calcula en función de las bases de cotización del solicitante".

Una vez aprobada la reforma, debes elegir entre tres opciones para calcular la base reguladora:

Últimos 25 años cotizados. La Seguridad Social elige los últimos 300 meses de la base de cotización y los divide entre 350, pues las bases de cotización son anuales y se reparten en 12 meses.

Últimos 29 años cotizados. La Seguridad Social escoge los últimos 348 meses y los divide entre 406.

Últimos 29 años cotizados, quitando los 2 peores. La Seguridad Social contempla los 324 meses con mejores cotizaciones y divide entre 378.

Es decir, que el periodo de cálculo se mantendrá en 25 años si no resulta más beneficioso tomar un total de 27 años (29 años menos los dos peores).

Con esta perspectiva debes tener en cuenta tu vida laboral para ver qué opción te interesa más. Si has tenido un puesto de trabajo estable y con subidas sostenibles la opción más interesante sería los 25 años, ya que con los 29 años te cotarían los períodos en los que has cobrado menos.

Si tu carrera laboral ha sido interrumpida en algún periodo, con contratos temporales o parciales, o has cobrado el paro lo mejor es elegir los 29 años y desechar los 2 peores, ya que puedes eliminar de la cuenta esos fases negativas.

En cualquier caso estos periodos de cotización no entran en vigor de forma inmediata. La nueva opción que se introduce (29 años o 348 meses excluyendo dos años o 24 meses) se desplegará progresivamente durante 12 años desde 2027, lo que beneficiará especialmente a los trabajadores con carreras irregulares. En concreto, la reforma contempla que la ampliación a 29 años se realice a razón de cuatro meses por ejercicio desde 2027 a 2038.

A efectos del cálculo de la base reguladora de la pensión de jubilación, cuando ésta se produzca con posterioridad al 31 de diciembre de 2026 y antes del 31 de diciembre de 2040, se aplicará el periodo de cálculo de 25 años si es más beneficioso que el vigente en la fecha en que se cause la pensión. A partir de 2044, el periodo de cálculo de la pensión será de 29 años.