La Audiencia Provincial de Navarra ha desestimado el recurso de apelación presentado por la promotora Live Nation España contra la sentencia que absolvió a Robe Iniesta, líder de Extremoduro, y a su representante, El Dromedario Records, en relación con la cancelación de la gira de despedida de la banda. La decisión confirma íntegramente el fallo dictado en noviembre de 2023 por el Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Pamplona.
Origen del procedimiento
Live Nation había reclamado a Iniesta la devolución de la parte de la fianza no recuperada —alrededor de 1,36 millones de euros— y 2,92 millones por supuestos daños y perjuicios, derivados de la cancelación de la gira y de comunicados públicos del artista que la promotora consideraba difamatorios.
Decisión del tribunal
El tribunal determinó que no existió una “pérdida sobrevenida de la causa” que justificara la resolución de los contratos; por el contrario, fue Live Nation la que incumplió los pactos al cancelar unilateralmente la gira en julio de 2021. La Sala subraya que tras el estallido de la pandemia de COVID-19, las partes firmaron varios anexos para reubicar los conciertos, y que Live Nation aceptó que las fechas no eran un elemento esencial, permitiendo aplazamientos si no había seguridad sanitaria absoluta.
La postura de Robe Iniesta de no fijar fechas en plena incertidumbre sanitaria se consideró totalmente justificada, mientras que la decisión de la promotora de romper las negociaciones y exigir devoluciones fue calificada de unilateral e injustificada.
La Audiencia rechazó también la reclamación de Live Nation de ser indemnizada con 2,9 millones de euros por supuestos daños reputacionales derivados de los comunicados de Iniesta. La sentencia concluye que el artista ejerció su derecho a defender su reputación ante las quejas de los fans, cuya responsabilidad recaía sobre la promotora.
Derecho a retener cantidades y costas procesales
Al ser Live Nation la parte incumplidora, el tribunal confirma que los artistas pueden retener las cantidades percibidas, en este caso más de 1,3 millones de euros correspondientes a la sociedad vinculada a Iniesta. También se rechaza el allanamiento de Iñaki Antón y otras mercantiles, ya que aceptarlo perjudicaría a terceros y contradecía los hechos probados. Finalmente, Live Nation queda condenada al pago de las costas procesales de la apelación. Contra esta resolución todavía cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo.