Así lo ha adelantado el director de la citada agencia, José Luis Rodríguez Álvarez, en una comparecencia a petición propia en el Congreso de los Diputados este miércoles, para dar cuenta, entre otros puntos, de la memoria de 2011 de la AEPD.
En relación con los menores cree que existe una problemática específica con el cumplimiento de la legislación española, que no permite el tratamiento de datos de menores de 14 años, salvo que cuenten con consentimiento paterno.
El certificado de autenticación tiene como finalidad garantizar electrónicamente la identidad del ciudadano al realizar una transacción telemática, además de asegurar que la comunicación electrónica se realiza con la persona que dice que es, según explica la AEPD.
Con ello, Rodríguez Álvarez ha detallado que la agencia requiere periódicamente a los responsables de las principales redes sociales que operan en España, Tuenti y Facebook, para que informen sobre las medidas que están adoptando para evitar que los menores se registren sin el consentimiento de sus padres o representantes legales y para darles de baja en su caso.
A pesar de que por esta vía se está avanzando y los responsables de las redes sociales, especialmente Tuenti, según ha asegurado, se muestran "más sensibles" a esta problemática, "los resultados aún distan de ser satisfactorios", en parte porque no existen procedimientos o instrumentos sencillos y fiables para la verificación de edad.
Así, ha señalado que desde la Agencia de Protección de Datos se propuso al Gobierno, como posible vía de solución, la incorporación al DNI electrónico del certificado de autenticación, una propuesta que ha sido acogida por el Ejecutivo "favorablemente" y que actualmente se encuentra en estudio. "Esperamos que próximamente se pueda avanzar en este ámbito", ha recalcado.
EL DERECHO AL OLVIDO y EL PROBLEMA DE GOOGLE Por otro lado, Rodríguez Álvarez ha destacado el trabajo de la Agencia en el derecho al 'olvido en Internet', una expresión con la que se hace referencia al derecho a eliminar información personal de Internet cuando su publicación es ilícita o al derecho a limitar la difusión indiscriminada de esa información personal cuando, aunque la publicación inicial sea legítima, su difusión a través de los buscadores cause una lesión a los derechos de las personas.
En este sentido, indica que es "muy importante" que las empresas que ofrecen servicios de buscador "estén a la altura" de la sociedad y puedan retirar información. De hecho, entiende que no procede reconocer el 'derecho al olvido' cuando se trata de hechos noticiables o informaciones de alcance general, con interés para la ciudadanía.
"Por lo tanto, el ejercicio al derecho al olvido se circunscribe a informaciones que no sean de actualidad y que no tengan relevancia pública en el presente", ha remachado. Eso sí, lamenta que, aunque las resoluciones de la agencia son atendidas y cumplidas por sus destinatarios, "la excepción muy relevante que hay que lamentar es Google", que sistemáticamente recurre las resoluciones de la agencia, impidiendo así que alcancen efectividad y prolongando el daño a los afectados.
REFORMA DE LA NORMATIVA EUROPEA A su juicio, también es "un reto" mantener la protección de datos en Internet, por el ritmo cada vez "más acelerado" de las nuevas tecnologías, que traen "muchas ventajas" pero comportan riesgos crecientes.
"El derecho no ha avanzado al mismo ritmo y estamos obligados a tratar situaciones nuevas con un instrumental de épocas anteriores a esta situación. Ese es nuestro empeño diario, intentar afrontar con el instrumental que disponemos nuevos retos", ha relatado.
De ahí, ha puesto de relevancia el proceso actualmente en marcha de la reforma de la normativa europea de protección de datos, que en su opinión refuerza significativamente los derechos de las personas, perfecciona y actualiza su redacción, y los adapta al nuevo contexto online.
Aparte de reforzar el derecho de oposición, el director de la AEPD dice que el nuevo reglamento reconoce también derechos nuevos, como el derecho al olvido y a la portabilidad.
UN 56% DE DENUNCIAS MÁS En referencia a la Memoria de la AEPD de 2011, Rodríguez Álvarez ha resaltado el incremento del número de denuncias hasta un 56 por ciento, pasando de poco más de 5.000 en 2010 a 7.648 en 2011, con un consencuente aumento del 25 por ciento en las actuaciones de investigación (5.389).
Por sectores o ámbitos de actividad, donde más actuaciones de investigación se realizaron fue el de las telecomunicaciones, (con 1.378), en segundo término se encuentra la videovigilancia (871 investigaciones), en tercer lugar las entidades financieras (841), en cuarto lugar los servicios de Internet (288), y en quinto término las comunicaciones electrónicas comerciales y el 'spam' (270), según ha detallado.
Es más, apunta que el aumento de las denuncias y de las investigaciones ha tenido como consecuencia que en 2011 se dictaran un 37,7 por ciento más de resoluciones declarativas de infracción, en total 898, de las cuales 817 tuvieron como destinatarios a responsables privados y 81 a administraciones públicas.
Por sectores, el mayor número de infracciones señala que se produjo en la videovigilancia (281), seguido del sector de las telecomunicaciones (220) y, en tercer lugar, el sector financiero con 58.
Finalmente, ha expuesto que el importe global de las sanciones impuestas se situó en torno a los 19,5 millones de euros (un 12 por ciento más que el año anterior), de los cuales más del 63 por ciento recayó sobre el sector de las telecomunicaciones (12,3 millones) seguido del sector financiero (3,8), las entidades de suministro y comercialización de gas, electricidad y agua (algo más de un millón).