laguardia - Los viticultores que estén interesados en solicitar por primera vez la denominada cartilla compartida tienen de plazo hasta el próximo 31 de marzo para poder realizar este trámite, según ha recordado el Consejo Regulador de la Denominación de Origen Calificada (DOC) Rioja.

Para beneficiarse de este sistema, que permite gestionar hasta un máximo de cinco titulares distintos y 50 hectáreas de viñedo, es decir, vendimiar parcelas que no son de propiedad y entregar las uvas en el punto de destino para elaboración, los interesados deben cumplimentar la solicitud de reconocimiento de la condición de gestor múltiple de explotaciones de viñedos inscritos en el Consejo Regulador, que es el órgano de gobierno de la DOC. Además, es necesario que cada solicitud vaya acompañada de una fotocopia de las tarjetas de entrega de uva y que las distintas firmas estén validadas por un funcionario público o cualquier entidad bancaria. Se recuerda, no obstante, que aquellos que ya solicitaron la cartilla compartida la pasada campaña no deberán volver a hacerla, salvo que sus circunstancias hayan cambiado.

El gestor múltiple de vendimia de las explotaciones asume que las tarjetas de viticultor son de uso personal e intransferible, y que únicamente puede utilizarlas para la entrega exclusiva de la producción procedente de los viñedos inscritos que comprenden las respectivas explotaciones, quedando prohibida la utilización de la misma para transacciones de producciones correspondientes a otros titulares distintos a los que integran la explotación, incluso por razones de parentesco, aparcerías u otras similares. Condición necesaria para poder gestionar estos viñedos es que, con carácter general, las explotaciones observarán la cercanía geográfica suficiente como para que el cultivo de las mismas por parte de titular inscrito sea operativamente posible.

Este gestor, el representante de esos viñedos que trabaja y no son de su propiedad, asume a título personal la responsabilidad jurídica ante posibles incumplimientos del pliego de condiciones de la DOC Rioja, de las normas de campaña de vendimia y de los acuerdos adoptados por el Consejo Regulador en el ejercicio de sus funciones.

Ese trabajo no supone la admisión por parte del Consejo Regulador de la propiedad o derecho alguno sobre la uva procedente de los viñedos que integran sus respectivas explotaciones y de hecho, el incumplimiento de las obligaciones y compromisos anteriores supondrá la pérdida del derecho al amparo. / Foto: