El Consejo Regulador del Rioja ha modificado el pliego de condiciones que regula su funcionamiento para facilitar la entrada en producción de determinados viñedos, como algo excepcional y para facilitar una compensación a los viticultores afectados por tormentas, sequías u otras circunstancias adversas.
El pliego de condiciones de la Denominación de Origen Calificada Rioja tiene establecido en su apartado 3.a.1. que se consideran viñedos en producción de uva de Rioja los que tienen "tres o más años de plantación, que se hallan en su cuarto ciclo vegetativo".
Por plantación, se entiende la colocación definitiva de las plantas de vid, injertadas con la variedad vinífera autorizada, con vistas a la producción de uva. En este sentido, los viñedos plantados en las citadas condiciones en la primavera de 2021 "entrarán en producción en la vendimia del año 2024".
Adelanto excepcional
Por su parte, en el apartado 8.b.3. se indica que, sin perjuicio de lo previsto en el apartado 3.a.1, cabrá el adelanto excepcional de la entrada en producción de viñedos jóvenes (de menos de tres años de plantación que se hallan en su tercer ciclo vegetativo), para lo que se requerirá presentación de solicitud por escrito por parte de los viticultores interesados, con antelación a la vendimia. Dicha solicitud deberá ser informada favorablemente por los servicios técnicos del organismo.
Para facilitar esa iniciativa, el Pleno del Consejo Regulador de la Denominación de Origen Calificada Rioja del pasado 23 de junio decidió autorizar excepcionalmente para las Vendimias 2023 y 2024 el adelanto de un ciclo vegetativo de entrada en producción de los viñedos jóvenes plantados en 2021 y 2022, respectivamente, en las condiciones establecidas en el pliego de condiciones y siempre que la producción máxima estimada en el viñedo por los servicios técnicos del organismo no exceda del 50% de los rendimientos máximos amparables autorizados para dichas Vendimias, esto es, 2.925 kg/ha para las variedades tintas y 4.500 kg/ha para las variedades blancas.
En segundo lugar, se autoriza excepcionalmente para la Vendimia 2025 el adelanto de un ciclo vegetativo de entrada en producción de los viñedos jóvenes plantados en 2023, en las condiciones establecidas en el pliego de condiciones y siempre que la producción máxima estimada en el viñedo por los servicios técnicos del organismo no exceda del 50% de los rendimientos máximos amparables autorizados para dicha Vendimia. En ningún caso podrán superarse los 3.250 kg/ha para las variedades tintas y 4.500 kg/ha para las variedades blancas.
Sin embargo, la medida no adquiere carta de naturaleza para el futuro, ya que no se autoriza, a partir de la Vendimia 2026, el adelanto excepcional de un ciclo vegetativo de entrada en producción de los viñedos jóvenes plantados en 2024 y siguientes.