zambrana - La obligatoriedad de los transportistas de circular por la AP-68 en el tramo riojano, con el costo que eso supone para las empresas de transporte, amén de otras consecuencias en las áreas de servicio, se suspendió gracias a un recurso de una de las grandes empresas de transportes de mercancías. Pero la suspensión apenas se prolongó seis meses. Ahora, el Gobierno de La Rioja y la administración del Estado la han reflotado y desde ayer la travesía vuelve a ser obligatoria.

El nuevo real decreto recuerda a otro, el 1023/2017 de 1 de diciembre, por el que se aprobó la aplicación de medidas de bonificación de peajes a determinados vehículos pesados en la autopista AP-68 en el tramo Zambrana-Tudela. Estableció la restricción de circulación a vehículos pesados destinados al transporte de mercancías, con un total de cuatro o más ejes, al mismo tiempo que bonificaba a estos vehículos pesados en el tramo de la autopista AP-68 comprendido entre la salida 8 (Zambrana) y la salida 18 (Tudela), ambas inclusive.

Se aducía que el tramo alternativo de la autopista AP-68 presenta un mejor trazado y un mayor nivel de servicio, por lo que el desplazamiento hacia la autopista del tráfico de vehículos pesados supondría una mejora del funcionamiento de la red en ese tramo, así como una disminución de la congestión y del nivel de emisiones en las carreteras N-232 y N-124.

La decisión, sin embargo, fue recurrida y una sentencia del 4 de julio de 2019, de la sala tercera del Tribunal Supremo, estimó el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la empresa Grupo Logístico Arnedo contra el real decreto al considerar que la medida carecía de cobertura legal cuando se adoptó, declarando la nulidad del real decreto impugnado.

Por esta razón, el Gobierno central aprobó otro real decreto ley sobre materias urgentes en temas de carreteras, añadiendo que el peaje aplicable a los vehículos que estén obligados a circular por autopistas por cierre de otras carreteras o por el motivo que fuera, podrá bonificarse en la cuantía que se determine en el expediente por el que se modifiquen las condiciones de explotación de la autopista. - P.J.P.