GASTEIZ. El Departamento de Seguridad del Gobierno Vasco ha dado a conocer hoy que, según se recoge en la sentencia, el 23 de febrero de 2017 la Unidad de Juego y Espectáculos de la Ertzaintza hizo una inspección en un bar de la capital alavesa donde constató que un menor estaba apostando en la máquina auxiliar de apuestas existentes en el establecimiento.
La Dirección de Juego y Espectáculos del Departamento abrió un expediente por lo sucedido y multó al propietario del local con 2.000 euros, sanción que fue recurrida por este al alegar que el menor, que en ese momento tenía 17 años, aparentaba más edad de la que realmente tenía.
El fallo recuerda que la Ley de Juego en la comunidad autónoma considera como infracción muy grave permitir o consentir la práctica de juego en locales no autorizados o por personas no autorizadas, como los menores de edad.
Queda demostrado que el propietario del local permitió que un menor de edad, sin requerirle la documentación que acreditara su edad, accediera a la máquina y el juez estima que la obligación del responsable del establecimiento hostelero es "requerir y comprobar la edad de los que vayan a participar en la misma, si existe duda sobre la mayoría de edad".
A su juicio, no es excusa que ante la apariencia física del menor el responsable del local se sintiera engañado sobre la edad, porque "precisamente ante la duda debió, como era su obligación, requerirle el DNI y no permitir que accediera a la máquina de juegos".
A lo largo de todo el año pasado, la Dirección de Juego y Espectáculos del Gobierno vasco abrió un total de 13 expedientes sancionadores por hechos constitutivos de infracción al permitir el acceso a menores a locales de juego en Euskadi.