gasteiz - La Audiencia Provincial de Álava ha obligado a una entidad financiera a devolver 17.000 euros a un cliente tras declarar nula la adquisición de unas Aportaciones Financieras de Fagor. Por su parte, el titular de las AFS deberá entregar al banco dichas aportaciones. La sentencia revoca parcialmente otra anterior del Juzgado de Primera Instancia número 6 de Vitoria, que estimó parcialmente la demanda interpuesta por el cliente y que obligaba a la entidad, el Banco Santander, a indemnizarle con una cantidad menor, 15.810 euros. La sentencia fue recurrida por el banco.
En su sentencia, la Audiencia Provincial, que considera que no está caducada la acción ejercitada, rechaza, como argumentaba el banco, que exista falta de legitimación pasiva por su parte. En la resolución, indica también que la información sobre las características del producto la debe facilitar el que tiene relación con el cliente y comercializa el producto, aunque el emisor, en este caso Fagor, también esté obligado a publicar “los datos precisos que exija la normativa aplicable”.
En concreto, el tribunal vitoriano indica que, en el ámbito de la contratación bancaria y en general con las entidades financieras, se exige un “plus de atención y diligencia” por su parte para informar al cliente sobre los productos.
En este sentido, la Audiencia subraya que las aportaciones financieras subordinadas constituyen un producto complejo, además de un “riesgo elevado como lo demuestra la evolución que ha tenido su valoración”. - E.P.