Madrid - El Pleno del Tribunal Constitucional (TC) acordó ayer admitir a trámite el recurso que diputados del grupo parlamentario Unidos Podemos-En Comú-En Marea presentaron contra la aplicación del artículo 155 de la Constitución que disolvió el Govern y convocó elecciones autonómicas en Cataluña. El TC ve el recurso como una oportunidad para fijar una doctrina constitucional para el futuro sobre la aplicación de este artículo, tanto en los procedimientos, el contenido y sus límites, según fuentes consultadas por Europa Press.
La mera admisión del recurso no conlleva -mientras no se resuelva sobre el fondo- suspensión alguna de las medidas acordadas por el Ejecutivo de Mariano Rajoy, ya que la pérdida de vigencia de los asuntos que llegan al tribunal de garantías sólo se produce de forma automática cuando el recurso es presentado por el Gobierno, lo que no ocurre en este caso.
El recurso fue impulsado por En Comú y se sumaron sus aliados de Podemos, Izquierda Unida, En Marea y Equo. La redacción es obra del catedrático de Derecho Constitucional, Joan Vintró, uno de los expertos nombrados por el Gobierno de Carles Puigdemont para supervisar el recuento del referéndum del 1 de octubre.
En el texto se solicita la nulidad del acuerdo adoptado por el Senado, que aprobó la aplicación del 155 y que posibilitó la disolución del Parlament, la destitución del Govern de Carles Puigdemont y la convocatoria de elecciones autonómicas.
Según las citadas fuentes, el debate ha sido bien recibido en el órgano de garantías porque permitirá a los magistrados abordar no sólo la constitucionalidad, que en principio no cuestionan, sino la forma de aplicarse y los límites que deberían tenerse en cuenta -en el caso actual y también de volverse a utilizar en el futuro- en la aplicación de este artículo de la Constitución.
El interés del recurso radica en que hasta ahora no existe una doctrina constitucional en la que fijarse, porque es la primera vez que el Gobierno español hace uso de este artículo desde que se aprobó la actual Constitución en 1978. De ahí los debates previos que se produjeron en ámbitos políticos, gubernamentales e incluso judiciales sobre el procedimiento a seguir por el Ejecutivo o la extensión de sus medidas.
Las fuentes consultadas valoran positivamente que el Gobierno, a la hora de aplicar el 155, mantuviese la vigencia del Parlament a través de su Diputación Permanente, toda vez que la Cámara tuvo que ser disuelta al convocarse elecciones autonómicas para el 21 de diciembre. Previsiblemente, también sobre este asunto se pronuncie el Constitucional cuando resuelva sobre el fondo del asunto.
Además de admitirse a trámite, se da un plazo de quince días al Gobierno, al Congreso, al Senado y al Parlament para que puedan personarse en el proceso y formular las alegaciones que estimen convenientes. En este tipo de recurso también se da plazo al Ejecutivo autonómico afectado, en este caso el de Catalunya, pero se ha dejado en suspenso dado que es el Gobierno de Mariano Rajoy quien ostenta la responsabilidad por la propia aplicación del 155 y ello crearía un conflicto de intereses. La admisión a trámite no supone pronunciamiento alguno sobre el fondo del citado asunto, que el tribunal resolverá una vez que esté concluido el proceso.
En cuanto al recurso contra el 155 que presentó el martes el Parlament, el Tribunal Constitucional lo considera “serio y solvente”, según publicó ayer El Periódico. La Cámara catalana cree que la aplicación del artículo vulneró el principio de autonomía y se utilizó de manera “desproporcionada”. - E. Press