- Un juzgado de Sevilla ha condenado a una pianista profesional a elegir entre dejar de tocar el piano en su casa o insonorizar el inmueble, así como a indemnizar con 8.000 euros a una pareja de vecinos, al considerar que vulneró el derecho fundamental de los demandantes a la intimidad personal y familiar. El Juzgado de Primera Instancia número 18 de Sevilla, estima parcialmente la demanda del matrimonio y declara que “los ruidos transmitidos” a su vivienda “por el uso del piano” constituyen una “intromisión ilegítima, perjudicial y nociva” para su salud. El juez condena a la pianista a “dejar de tocar el piano en la vivienda o adoptar medidas de insonorización” para evitar la transmisión de “niveles sonoros excesivos, molestos y por encima de los límites legales”. Si la mujer no elige una opción en veinte días a partir que la sentencia sea firme, la decisión corresponderá a los demandantes. El fallo también prohíbe a la concertista que en el futuro realice “nuevas intromisiones sonoras” con el piano “o cualquier otro instrumento” y le impone el pago de una indemnización de 4.000 euros a cada uno de los demandantes que ya ha abonado.
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