Si necesita un abogado para un divorcio, un arquitecto para reformar su vivienda o un profesional sanitario para una intervención, es probable que siga dos criterios: el precio y la recomendación de alguien cercano. Son referencias habituales. Pero hay una tercera comprobación que a veces se pasa por alto: ¿está colegiado ese profesional?
Qué es exactamente la colegiación
La colegiación es la inscripción formal de un profesional en un colegio. No es una mera formalidad burocrática; es un mecanismo de garantía.
En profesiones como la abogacía, la medicina o la arquitectura, no se puede ejercer legalmente sin estar colegiado. En otras actividades, la incorporación es voluntaria, pero sigue siendo un indicador relevante. En ambos casos, existe un marco normativo —entre otras, la Ley 2/1974 de Colegios Profesionales y su reforma de 2009— que establece quién debe estar colegiado y bajo qué condiciones pueden ejercer su actividad.
Responsabilidad y respaldo económico
En muchas profesiones colegiadas es obligatorio contar con un seguro de responsabilidad civil. Este tipo de seguros cubre los posibles daños y perjuicios que puedan ocasionar a sus clientes en caso de errores o mala praxis.
Sin esa cobertura, la reclamación puede prolongarse y depender exclusivamente de la solvencia individual del profesional.
Con ella, existe al menos un respaldo económico para afrontar el daño causado. En actividades que gestionan patrimonio, contratos, edificaciones o la salud, esta protección adquiere especial relevancia.
Un marco ético y disciplinario
El profesional colegiado no solo responde ante su cliente. También lo hace ante su colegio profesional. Los colegios profesionales disponen de códigos deontológicos, mecanismos disciplinarios y la posibilidad de presentar quejas ante el propio colegio.
Si un cliente considera que ha habido una mala práctica, puede acudir no solo a los tribunales, sino también al colegio profesional correspondiente para presentar una queja. Los colegios pondrán en marcha sus procedimientos disciplinarios, analizarán la actuación del profesional y, en su caso, están habilitados para imponer sanciones.
No sustituyen a la justicia ordinaria, pero añaden una vía adicional de supervisión.
Para el ciudadano, esto significa que existe un marco de control más amplio que el de una simple relación contractual privada.
Formación continua
La normativa laboral, fiscal, aseguradora o de propiedad, por citar unos ejemplos, evoluciona con frecuencia. Trabajar con criterios desactualizados puede generar consecuencias económicas directas.
Muchos colegios profesionales promueven la formación continua de sus miembros mediante cursos, jornadas y actualizaciones técnicas. Aunque cada profesional es responsable de su propio reciclaje, pertenecer a una estructura colegial facilita el acceso a información actualizada y especializada.
Para el ciudadano, esto se traduce en una mayor probabilidad de recibir asesoramiento ajustado a la normativa vigente y a los cambios más recientes del sector.
Transparencia y verificación
La colegiación también facilita algo básico: comprobar públicamente si el profesional está habilitado y en situación de ejercicio.
Poder comprobar si el profesional al que queremos contratar está correctamente colegiado aporta transparencia en un mercado donde no siempre es sencillo distinguir entre experiencia acreditada y una oferta informal.
¿Es siempre imprescindible?
Como mencionábamos al principio, no todas las profesiones requieren colegiación. Existen ámbitos donde no es obligatoria y donde pueden encontrarse profesionales competentes sin pertenecer a un colegio.
La clave está en valorar el riesgo. Cuando el servicio afecta a la salud, al patrimonio, a la vivienda o a derechos laborales, la colegiación introduce filtros adicionales: titulación acreditada, seguro, control disciplinario y registro público.
La colegiación no convierte automáticamente a un profesional en excelente, ni elimina la posibilidad de error. Pero sí proporciona una garantía adicional que, en determinadas situaciones, resulta relevante.
Antes de contratar un servicio profesional, especialmente cuando puede tener consecuencias jurídicas o económicas, puede resultar útil comprobar tres cuestiones básicas. La primera es verificar si la actividad exige colegiación obligatoria. La siguiente es si el profesional está en ejercicio. Y, por último, si cuenta con cobertura de responsabilidad civil.
El precio puede ser un criterio inicial. La recomendación personal también. Pero para determinadas situaciones, es más que recomendable contar con un profesional colegiado.