Quiere contratar a un profesional, pero desconoce si está habilitado legalmente, o, tal vez, está en desacuerdo con una actuación concreta. Son solo dos ejemplos en los que los colegios profesionales son un recurso útil para la ciudadanía. Antes de acudir a los tribunales, estas corporaciones pueden intervenir cuando lo que se cuestiona es la habilitación, el cumplimiento de las normas deontológicas o el ejercicio adecuado de una profesión regulada. No sustituyen a jueces ni a la Administración, pero sí cumplen funciones públicas de supervisión y control que conviene conocer.
Asesoramiento
Algunos colegios profesionales ofrecen asesoramiento gratuito a la ciudadanía, si se cumplen determinados requisitos.
El Colegio Oficial de Graduados Sociales de Álava, por ejemplo, dispone de un Punto de Información Socio-Laboral y Atención a la Ciudadanía donde informan de manera gratuita a determinados colectivos. Y el Colegio de Administradores de Fincas atienden en su web consultas sobre la Ley de Propiedad Horizontal.
Lo mejor es consultar con el colegio en cuestión si disponen de un servicio de asesoría y las condiciones para acceder.
Comprobar si un profesional está habilitado
Antes de contratar a un arquitecto, un abogado, un psicólogo, un administrador de fincas o un ingeniero, puede surgir una duda básica: si está legalmente capacitado para ejercer.
En muchas profesiones reguladas la colegiación es obligatoria. Los colegios actúan como registros oficiales y permiten consultar si una persona está colegiada y en situación de ejercicio.
En aquellas actividades donde la colegiación no es obligatoria, pertenecer a un colegio puede ofrecer una garantía adicional, ya que implica que el profesional se somete a un código deontológico y a un régimen disciplinario.
Denunciar posibles casos de intrusismo
El intrusismo profesional consiste en ejercer una actividad sin cumplir los requisitos legales exigidos. Además de suponer una competencia desleal, puede suponer un riesgo para consumidores y usuarios.
Cuando existen dudas razonables sobre la titulación o habilitación de una persona, se puede comunicar al colegio correspondiente. Este puede iniciar actuaciones que abarcan desde requerimientos, apertura de diligencias informativas o al traslado del caso a las autoridades competentes.
Presentar una queja por la actuación de un colegiado
Si ya existe un desacuerdo sobre la actuación de un profesional colegiado —por ejemplo, por considerar que ha incumplido normas deontológicas o ha actuado de forma incorrecta— el colegio puede analizar la conducta desde el punto de vista disciplinario.
El colegio valorará la actuación y, en caso de infracción, puede abrir expediente e imponer sanciones.
Lo que no puede hacer es fijar indemnizaciones ni resolver litigios civiles. Si existen daños económicos, la vía adecuada es la judicial o presentar una reclamación al seguro de responsabilidad civil del profesional.
La mayoría de los colegios disponen de espacios en sus webs para poder presentar estas quejas de manera telemática, como por ejemplo el Colegio de Mediadores de Seguros de Álava.
Mediación en conflictos profesionales
Algunos colegios profesionales ofrecen servicios de mediación o actúan como intermediarios especializados. Esta vía no es obligatoria ni siempre posible, pero puede facilitar acuerdos y evitar procedimientos largos y costosos cuando ambas partes están dispuestas a negociar.
Los colegios profesionales pueden desempeñar una función relevante para la ciudadanía. Conocer sus competencias permite acudir a ellos cuando realmente corresponde y evitar trámites innecesarios. n