Vitoria, 29 abr (EFE).- Los inquilinos de viviendas libres de Euskadi que se encuentren en situación de vulnerabilidad económica a causa de la crisis por la pandemia de coronavirus podrán optar a ayudas para el pago de parte del alquiler por un importe máximo de 1.500 euros durante seis meses.
El Consejo de Gobierno vasco ha aprobado este miércoles la orden que regula estas ayudas directas que se podrán tramitar a partir del día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco, probablemente desde la próxima semana.
El consejero de Medio Ambiente, Planificación Territorial y Vivienda, Iñaki Arriola, ha explicado durante la rueda de prensa posterior al Consejo las líneas generales de esta convocatoria, que tiene un presupuesto de 15,5 millones de euros, una ayudas que, según ha precisado, no serán compatibles con el resto de subvenciones públicas destinadas al mismo fin.
El consejero ha estimado que podrían beneficiarse de esta medida unos 10.000 hogares.
La cuantía de la ayuda ascenderá a 250 euros mensuales y se aplicará durante seis meses, entre abril y septiembre, si persiste la situación de vulnerabilidad del solicitante, aunque existen excepciones para los más afectados, que pueden llegar a doce mensualidades.
Podrán beneficiarse los inquilinos de viviendas libres que se queden en paro o estén afectados por un ERTE como consecuencia de la crisis provocada por la pandemia, así como los trabajadores autónomos y empresarios que sufran una caída sustancial de sus ingresos o ventas superior al 40 %.
Según ha explicado el consejero, el principal requisito para acceder a la ayuda es contar con un contrato de alquiler suscrito antes de la declaración del estado de alarma y no poseer otra vivienda.
Además, los ingresos anuales ponderados de la unidad familiar no podrán superar los 39.000 euros en el último ejercicio fiscal, que es la cantidad máxima para acceder a una Vivienda de Protección Oficial, y los beneficiarios no podrán disponer de un patrimonio superior a los 50.000 euros.
Otra de las condiciones es que el importe de la renta, de los gastos de comunidad y de los suministros básicos supere el 30 % de los ingresos disponibles en ese momento.
La cuantía del alquiler mensual no podrá exceder 1,5 veces la renta media atribuible al ámbito territorial en el que se localice la vivienda, 1,75 en el caso de las familias numerosas.
La orden extiende las ayudas de este programa a las personas que sean víctimas de violencia de género, sean objeto de desahucios, no tengan hogar o sean especialmente vulnerables y que hayan sido valoradas como tal por los servicios sociales de base municipales.
En estos casos la cuantía total de la ayuda podrá alcanzar los 3.000 euros, distribuidos en doce mensualidades.
Arriola ha aclarado que la tramitación se realizará preferentemente de forma telemática a través de la web www.euskadi.eus y de la de la sociedad pública Alokabide, www.alokabide.euskadi.eus.
La solicitud de ayuda irá acompañada de una declaración responsable sobre el cumplimiento de los requisitos exigidos y de la documentación acreditativa de los ingresos.
El consejero ha subrayado que las ayudas son finalistas, por lo que deberán dedicarse exclusivamente al pago del alquiler de la vivienda habitual o a la devolución de los microcréditos concedidos para este fin por las entidades bancarias con el aval del ICO.
Esta medida, ha destacado Arriola, se suma a la que aprobó el 31 de marzo el Gobierno Vasco, una orden mediante la cual los inquilinos del parque público protegido de alquiler en situación de vulnerabilidad económica por la crisis sanitaria pueden solicitar la exoneración del pago de la renta y de los gastos de comunidad.
La exoneración se aplicará por meses completos a las rentas correspondientes a los meses de abril, mayo y junio de 2020 y el plazo para presentar las solicitudes concluirá el 31 de mayo próximo o, en su caso, un mes después de la finalización del estado de alarma.