vitoria - Según datos del Gobierno Vasco, existen en la actualidad 550 pisos turísticos inscritos en el registro en Bizkaia de los que 230 están en Bilbao. Desde la entrada en vigor de la ley, en agosto de 2016, han sido dados de baja 272 viviendas utilizadas para alquiler turístico. El Servicio de Inspección del Departamento de Turismo del Ejecutivo cuenta en la actualidad con un equipo de 10 personas dedicadas a la inspección y otras 4 más para controlar y supervisar el cumplimiento de la normativa. Sin embargo, todo apunta a que son más las viviendas que no cumplen con el reglamento.
El último informe elaborado por la Autoridad Vasca de Competencia (AVC) estima que existen en el conjunto de la CAV alrededor de 3.650 viviendas de uso turístico, principalmente concentradas en las tres capitales vascas, de las cuales alrededor de un 60% “son clandestinas”. El análisis reconoce que este tipo de viviendas “ha permitido dar respuesta a una demanda creciente de alojamiento turístico” debido al incremento de esta actividad económica en Euskadi en los últimos años, en los que la llegada de turistas se ha incrementado en un 21% desde 2011.
En el lado negativo, la AVC constata que el desarrollo de alojamientos como las viviendas de uso turístico “ha generado un impacto negativo en el mercado de la vivienda y su precio, aspecto que dificulta el acceso a viviendas, de alquiler principalmente”. En este sentido, la AVC considera necesario regular el fenómeno de las viviendas particulares dedicadas al uso turístico en la geografía vasca al objeto de dar respuesta a la necesidad de vivienda tanto de uso turístico como residencial, y garantizar la sostenibilidad del modelo.
“Asimismo -agrega el informe-, por parte de algunos actores y administraciones públicas se identifican otras situaciones negativas de este tipo de viviendas como pueden ser el deterioro de la calidad de vida de los vecinos (derivado del mayor ruido, deterioro de espacios comunes, etc.), la mayor percepción de inseguridad y la despersonalización de la vida de barrio y el incremento de actividad comercial”.
Por ello, tras aconsejar regular este tipo de viviendas, la Autoridad Vasca de la Competencia señala que esta regulación debe tener en cuenta “las diferentes realidades de cada ciudad, contexto histórico, tamaño, población, volumen turístico, etc”. Así, propone definir una regulación que determine las características y requisitos que deben cumplir este tipo de viviendas y, adicionalmente, establecer mecanismos que permitan realizar un control efectivo del cumplimiento de dichos requisitos (equipo humano dedicado al control, herramientas y acuerdos con las plataformas que las alquilan, etc.).
Recomienda también establecer “umbrales temporales” a partir de los cuales determinar “si la Vivienda de Uso Turístico (VUT) supone o no una actividad profesional”. “En estos supuestos -se apunta en el documento-, puede establecerse un máximo de días al año en los cuales la VUT es considerada como actividad vinculada al concepto de economía colaborativa y, a partir de dicho límite de días, sería considerada como actividad comercial, por la que debieran pagarse los correspondientes impuestos especiales, además de cumplir con los procedimientos y tasas asociadas al registro de la vivienda”.
Este umbral temporal marcaría la tipología de actividad que se realiza, y, en consecuencia, el régimen fiscal aplicable a dicha vivienda. Con respecto a la aplicación de criterios de zonificación, se recomienda hacer un análisis “desde una perspectiva global y no exclusiva por zonas o barrios”. Sin embargo, “dado que en algunos barrios o zonas pudieran existir peculiaridades o problemáticas propias, la zonificación podría utilizarse como un elemento de protección, que podría entenderse, a efectos de competencia, en el marco de la ciudad en la que se engloba”, señala el informe.
Es decir, “las regulaciones municipales deberán ser entendidas en el contexto de lo que suponen para el conjunto de la ciudad y atendiendo a las problemáticas particulares de cada una de las ciudades”, describe el informe de la AVC. El estudio aborda también la posibilidad de que las comunidades de propietarios tengan la potestad de decisión en torno a la posible implantación de este tipo de viviendas en su portal y concluye que “es necesario que se contextualice en la coyuntura y realidad de la CAV y se fundamente en los principios de eficiencia, necesidad, proporcionalidad y no discriminación”.
Todas estas conclusiones aparecen recogidas en el estudio que la AVC ha realizado sobre la situación de los pisos turísticos en Euskadi y el análisis comparado con otros casos de regulaciones de esta actividad en distintas ciudades del mundo y que será presentado públicamente en una jornada técnica sobre Derecho de la Competencia el 14 de septiembre en Donostia. - J. Fernández/Efe