CÁDIZ. La Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Cádiz ha dictado esta sentencia de conformidad, después de que el acusado, que permanece encarcelado desde enero de 2015, reconociera los hechos.
La sentencia condena también al director de comparsas infantiles a pagar una indemnización total de 150.000 euros a sus víctimas por los daños morales que han sufrido. El tribunal le ha condenado por dos delitos continuados de abuso sexual con penetración; dos delitos continuados de abuso sexual sin penetración y dos delitos continuados de exhibicionismo.
El acusado era presidente de una peña carnavalera del barrio de La Viña de Cádiz, en las que ensayaban comparsas de menores.
La afición carnavalera le servía para aproximarse a los muchachos, a los que "hacia regalos y los llevaba a comer, a comprar, a divertirse en la bolera de El Puerto de Santa María, a las atracciones del Chiqui Park, en Chiclana" y hasta en una ocasión a uno de ellos lo llevó a Eurodisney.
"Todo ello con la finalidad de darse satisfacción sexual con las actividades que, tras ganarse su confianza, conseguía compartir con los menores", indica la sentencia.
El tribunal relata que uno de los menores comenzó a ensayar con su comparsa con no más de once años en la peña que presidía el condenado, que se fue acercando a él "como si de un padre/amigo se tratara".
"Le invitaba a comer, le hacia regalos tales como una 'playstation'" hasta ganarse su confianza e invitarle a su casa a hacerse fotos desnudo para después abusar sexualmente de él.
También se ganó con regalos y comidas la confianza de otro menor de diez años, al que también llevó a su casa.
Al menos diez veces estuvieron los tres en su casa tomando imágenes pornográficas y realizando actos sexuales.
Con uno de ellos dejó de tener relaciones en 2014 porque el chico quiso dejar la comparsa y el director de la agrupación se enfadó, y con el otro siguió manteniéndolas hasta los doce años, un tiempo en el que le daba dinero por mantener contactos sexuales y, como regalo, le llevó ese año a Eurodisney.
En el verano de 2014 comenzaron los abusos sexuales con otros dos menores que frecuentaban la peña carnavalera, uno con 12 años y otro con 8.
A pesar de que intentó eliminar las fotos y vídeos de pornografía infantil que almacenaba en su ordenador y en su teléfono móvil, en el registro de su vivienda se encontró abundante material.
Entre otros documentos había veinte vídeos de pornografía infantil y un disco duro con 343 archivos de imagen con menores desnudos y practicando relaciones sexuales con adultos.
Dos de los menores necesitan aún intervención psicológica especializada con carácter habitual para superar las secuelas derivadas de haber sufrido estos abusos.
La Fiscalía pedía una pena de 62 años y dos meses de prisión, que finalmente ha sido fijada en 34 años y diez meses de cárcel.
Además de la condena de prisión y de la indemnización, la sentencia le impone la prohibición de acercamiento a menos de 200 metros a dos de los menores, a sus domicilios y a cualquier lugar frecuentado por ellos, y de comunicarse con las víctimas durante 20 años y medio, y durante 20 años; mientras que en el caso de un tercer menor esta prohibición se extenderá durante 15 años y respecto a la cuarta de las víctimas la prohibición estará vigente durante un plazo de 10 años.
La Audiencia establece 18 años como límite máximo de cumplimiento de las penas privativas de libertad conforme a la limitación de acumulación de penas que establece el Código Penal.