MADRID. "La regulación de un instrumento (los clubes de cannabis) a través del cual se facilita el abastecimiento, dispensación y consumo de cannabis (...)" tiene incidencia "innegable sobre la delimitación del tipo penal correspondiente" y por tanto entra en un ámbito competencial del Estado y fuera del correspondiente a las comunidades autónomas, ha sentenciado el TC.

Así, el alto tribunal declara la citada norma inconstitucional porque invade las competencias del Estado, tal y como solicitó en su recurso el Gobierno.

En febrero el Constitucional suspendió cautelarmente el artículo 83 la ley vasca de Atención Integral a las Adicciones y Drogodependencias, que regula los clubes de consumidores de cannabis en Euskadi.

Esta misma semana el TC amparó a cinco miembros de una asociación de cannabis de Bilbao y anuló su condena por el Supremo, aunque adelantó su doctrina al respecto, ya que su fallo se centró más en la falta de garantías procesales que sufrieron los procesados.

El alto tribunal eludió por tanto pronunciarse sobre estos clubes, a la espera de resolver los recursos contra varias leyes autonómicas que los regulaban. Hoy ha sentenciado que las regiones no tienen competencia en este tema, por ser una materia reservada al Estado.