BILBAO - Cuando restan menos de nueve meses para que concluya el plazo en el que alrededor de 73.000 edificios de más de 50 años de antigüedad deben haber superado una inspección técnica (ITE), apenas el 15% de los inmuebles han cumplido con esta obligación derivada de una normativa vasca que está a punto de cambiar pero que en su nueva versión mantiene las pautas temporales para las revisiones.

Al mismo tiempo que constata que la realización de las Inspecciones Técnicas de Edificaciones de las construcciones de Euskadi con mayor antigüedad “no va todo lo bien que desearíamos”, el viceconsejero de Vivienda, Pedro Jauregui, anuncia los avances en la tramitación del proyecto de decreto que regulará las ITE y el Registro de las inspecciones que se realicen y confía en que “pueda entrar en vigor a principios del próximo año”. Esta nueva regulación de las ITE deriva de la Ley de Vivienda aprobada por el Parlamento Vasco en 2015 y servirá para refundir y clarificar las disposiciones que se han ido aprobando sobre este tema desde el año 2012.

Pedro Jauregui explica que los cambios que introducirá el decreto sobre ITE respecto a la normativa vigente “no son sustanciales, pero en ella sí se establecen con mayor detalle diversos aspectos relacionados con la realización de las inspecciones, como plazos, procedimientos, información que debe incluirse en el soporte informático, etcétera”. Además, el proyecto de decreto sí establece y regula la obligación de los propietarios de edificios de disponer de un Plan de Uso y Mantenimiento del inmueble.

“Ganaremos en claridad -explica Pedro Jauregui-, porque desde que se promulgó el primer decreto sobre inspecciones de edificios en 2012 y su revisión en 2014, ha habido modificaciones autonómicas y estatales, así que este decreto refunde toda la normativa y la clarifica. También regula completamente el modo de elaboración de las ITE”.

Paralelamente al desarrollo del decreto, que ahora se encuentra en tramitación, el Departamento vasco de Medio Ambiente, Planificación Territorial y Vivienda trabaja para que las comunidades de propietarios y los responsables de los miles de edificios de uso colectivo que en junio de este año tenían una antigüedad de 50 años o superior sean conscientes de que están obligados a realizar la inspección técnica antes del 27 de junio de 2018.

Según los datos aportados por el viceconsejero, hasta el pasado septiembre en la CAV se habían realizado en torno a 14.000 inspecciones, de las que unas 11.000 corresponden a parte de esos 73.000 edificios que ya han superado los 50 años desde que fueron construidos y que, según la normativa vasca -tanto la vigente como la nueva-, deben ser revisados antes del próximo mes de junio. Las restantes ITE ya realizadas han sido voluntarias, motivadas por algún desperfecto evidente del inmueble o relacionadas con trabajos de rehabilitación en el edificio.

“Ahora mismo -señala Pedro Jauregui-, calculamos que solo el 15% de los alrededor de 73.000 edificios que tienen que realizar la ITE antes del 27 de junio de 2018 han pasado esa inspección y vemos muy difícil que en menos de un año la hagan el 85% restante. Esos plazos para hacer las revisiones en función de la antigüedad del inmueble proceden del decreto de 2014 y se ha considerado que no es conveniente diferirlos más, ya que con la ampliación del plazo no consigues que las comunidades de propietarios afectadas decidan encargar la inspección. Tampoco va a haber actuaciones punitivas, así que no hacer la ITE en el plazo establecido no va a conllevar sanciones inmediatas, pero sí se debe tener en cuenta que si hay que realizar actuaciones inmediatas en un edificio porque, por ejemplo, se ha desprendido un trozo de cornisa, y ese edificio no ha pasado la ITE estando obligado a hacerlo, el ayuntamiento del municipio donde esté ubicado podrá adoptar medidas coercitivas”.

En concreto, la Disposición Transitoria Única del proyecto de decreto señala el plazo en el que se debe presentar la inspección técnica del edificio por las personas titulares de edificios de uso residencial que a fecha de 27 de junio de 2017 tuvieran una edad igual o superior a 50 años, manteniendo el plazo actualmente fijado tanto por la normativa estatal como por la autonómica.

“No se van a establecer sanciones por no realizar la ITE en el plazo señalado -reitera el viceconsejero-, pero si una vivienda va a ser rehabilitada y aspira a contar con ayudas públicas debe haber pasado la inspección previamente, porque de nada sirve que una comunidad decida arreglar la fachada si el edificio tiene problemas de cimentación o de estructura”.

MÁS EFICIENCIA Pedro Jauregui destaca la importancia de las inspecciones de edificios “para diagnosticar patologías y el grado de urgencia de la reparación”, pero también para mejorar aspectos como el aislamiento o la eficiencia energética. El viceconsejero señala que según los datos oficiales, más del 70% del parque edificado en Euskadi -unos 163.700 edificios, que albergan 1.115.000 viviendas- tiene una antigüedad superior a los 30 años, con edificios anteriores a la primera normativa térmica publicada, por lo que muchos no cumplen los requisitos de eficiencia energética deseables hoy en día.

También la Ley 3/2015 de 18 de junio, de Vivienda, otorga una gran relevancia a las políticas de rehabilitación, asociando al contenido de la función social de la vivienda el deber de rehabilitación y mantenimiento de los inmuebles con el fin de lograr su adecuación energética y funcional. Incluso relaciona la conservación, rehabilitación y renovación del parque de viviendas de Euskadi con la regeneración de los barrios y conjuntos urbanos. Y en este sentido la Ley 3/2015 dedica el artículo 52 de forma monográfica a regular las ITE, estableciendo con rango de ley el objetivo de las mismas, su ámbito de aplicación, la creación del Registro, así como los deberes para los propietarios.

Según los datos de Euskoregite (Registro de Inspecciones Técnicas de la CAV), a lo largo de 2018 más 66.200 edificios de la CAV deberán realizar la correspondiente ITE. De ellos 11.435 están en Araba, 34.318 en Bizkaia y 20.468 en Gipuzkoa. Y según el Censo de Población y Vivienda de 2011, cerca de 90.000 edificios tendrán de más de 50 años en 2020, lo que representa el 64% del parque total de Euskadi. Estos inmuebles representan el 71,5% y 60,7% del parque inmobiliario de Bizkaia y Gipuzkoa, respectivamente, mientras que en Araba suponen el 52,4%.

Respecto a las dudas sobre la aplicación a las viviendas unifamiliares de la normativa de ITE, Pedro Jauregui confirma que en el nuevo decreto “estarían incluidas”, aunque, a instancias de Eudel, se está estudiando la posibilidad de considerar algunos casos especiales. “En la primera redacción se incluían todas las viviendas unifamiliares, sin exclusión, pero en el proceso de participación abierto durante la tramitación del decreto hemos visto la conveniencia de introducir alguna modificación que afectaría, por ejemplo, a los caseríos. La idea sería eximir de la obligación de la ITE a los caseríos vinculados con explotaciones agrícolas. Esto todavía está en debate pero lo estamos considerando. Queremos poner el énfasis en los edificios de comunidades de propietarios, en los edificios con varias viviendas, porque es mucho más urgente actuar en ellos, ya que sus problemas o deficiencias afectan a muchas más familias y es donde verdaderamente se pueden producir situaciones de posible riesgo. En los caseríos hay ciertos riesgos que parecen menores porque son edificios aislados y las consecuencias de un posible deterioro no afectarían a terceros. Eudel nos ha sugerido que el proyecto de decreto se matice en este sentido y creo que la redacción definitiva irá en esa dirección”, explica el viceconsejero de Vivienda.

Primer plazo. De los alrededor de 73.000 edificios que ya tienen más de 50 años y que deben haber realizado la ITE antes de junio de 2018, solo la han hecho unos 11.000, el 15%.

En 2018. Según las previsiones de Euskoregite, el año que viene deben realizar la ITE más de 66.200 edificios, de los que 11.435 están en Araba, 34.318 en Bizkaia y 20.468 en Gipuzkoa.

El proyecto de decreto que regula la Inspección Técnica de Edificios (ITE) consta de una parte expositiva, 26 artículos, 3 disposiciones adicionales, una transitoria, una disposición derogatoria, 2 disposiciones finales y 3 anexos.

El objetivo de la norma es establecer los criterios y requisitos que debe cumplir la inspección técnica de edificios de uso predominantemente residencial, como el alcance de la inspección, las personas obligadas a pasar la ITE, los técnicos habilitados para realizarla y el contenido de la ITE.