BILBAO. La sentencia, hecha pública hoy, ha impuesto también al condenado una pena de inhabilitación absoluta y le ha prohibido residir en ese municipio, acercarse o comunicar con la familia de la víctima durante 22 años.

Asimismo, la resolución, contra la que cabe recurso ante el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, fija una indemnización de unos 330.000 euros para la viuda, hijos y hermanos del fallecido, así como dictamina que el homicida solo podrá obtener el beneficio del tercer grado penitenciario tras haber cumplido la mitad de la pena impuesta.

El crimen ocurrió la tarde del 17 de septiembre de 2015, en el barrio Zubizabala de Amorebieta, donde el condenado, de 37 años, acudió a encontrarse con la víctima, un policía nacional retirado de 61 años, en la huerta propiedad de éste.

Durante el juicio, el propio acusado reconoció haber golpeado a la víctima, si bien alegó que lo hizo para defenderse, ya que ambos iniciaron una pelea y sospechó que la víctima podía llegar a usar su pistola contra él.

Sin embargo, el tribunal ha recordado la consideración del jurado de que la víctima pudo ver al acusado llegar a la huerta, pero que "no tuvo tiempo suficiente para tratar de defenderse", ni pudo acercarse a la pistola que a veces llevaba "por temor al acusado por los conflictos previos entre ellos".

Además de lo sorpresivo del ataque, la corpulencia del acusado y la diferencia de edad con la víctima, anularon casi totalmente las posibilidades de defensa del policía retirado.

La sentencia ha resuelto que Alberto J. fue a la huerta del fallecido con ánimo de matarle, en "represalia por diversos episodios" violentos, "con origen en las malas relaciones con la familia de la víctima".

En concreto, el día anterior a los hechos juzgados el acusado resultó herido en una trifulca con familiares de la víctima. Testigos protegidos declararon en el juicio que, cuando se lo llevaban en ambulancia, profería amenazas hacia la víctima y su familia.

En ese contexto, el acusado acudió a donde sabía que iba a encontrar con su adversario -la huerta- y le propinó numerosos puñetazos y patadas de "gran violencia", "incluso cuando la víctima estaba en el suelo", insistiendo con sus golpes en cara y la cabeza, lo que evidencia su intención de causarle la muerte, como así sucedió.

El tribunal ha descartado que el acusado tuviera sus facultades mentales alteradas y por ello ha descartado la eximente de enajenación planteada por la defensa.

La sentencia resulta casi coincidente con la pena de prisión para el acusado y la indemnización para la familia de la víctima que planteó la Fiscalía, al tiempo que ha atendido a la solicitud de la acusación particular de que se prohíba al condenado acercarse a los familiares del fallecido, así como que no pueda optar al tercer grado penitenciario hasta que cumpla la mitad de la pena.