Bilbao - Primero hay que vivir y luego filosofar. Con este dicho romano, Guido Raimondi, presidente del Tribunal Europeo de los Derechos Humanos (TEDH), recalcó ayer la importancia de los derechos económicos y sociales, que a diferencia de los derechos civiles y políticos no gozan de una protección tan potente. Es más, estos ni siquiera vienen recogidos en el Convenio Europeo de los Derechos Humanos, herramienta fundamental del TEDH. Por ello, insistió en que en tiempos de crisis económica “hay que estar especialmente vigilante con el cumplimiento de los derechos sociales de los trabajadores”.

Con motivo del Día Internacional de los Derechos Humanos, que se celebra hoy, Raimondi intervino ayer en Bilbao en una conferencia centrada en La Jurisprudencia del Tribunal Europeo de los Derechos Humanos en materia de derechos sociales invitado por Manuel Lezertua, Defensor del Pueblo vasco-Ararteko. El acto contó, asimismo, con la presencia del presidente del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, Juan Luis Ibarra; el decano del Colegio de Abogados, Carlos Fuentenebro; así como con representantes institucionales y políticos.

El mensaje principal de Raimondi fue que, aunque en la vida cotidiana se conceda un papel esencial a los derechos económicos, sociales y culturales, a día de hoy hay “muchas personas que no disfrutan de estos derechos de forma suficiente, ni en Europa ni en el resto del mundo”. En parte, Raimondi comentó que esto se debe a que, tanto históricamente como en cuanto a nivel de protección, estos derechos han sido considerados de segunda generación. Sin ir más lejos, estos no vienen recogidos en el Convenio Europeo de los Derechos Humanos y, por tanto, habría que recurrir a la Carta Social Europea, así como a “una cierta jurisprudencia creativa” del TEDH que aborda despidos discriminatorios, el derecho a la huelga o a la libertad de reunión y asociación, entre otros.

Un fallo pionero de esta “jurisprudencia creativa” en la defensa de los derechos sociales fue Airey vs Irlanda (1979). En ella, el TEDH consideró que “no existe división estanca entre la esfera de los derechos económicos y sociales y la de los derechos civiles y políticos garantizados por el Convenio”. O dicho de otro modo, que los derechos civiles y políticos solo son efectivos si se aplican medios económicos y sociales a tal efecto.

Sin embargo, aunque Raimondi afirmara que en tiempos de crisis “hay que estar especialmente vigilante con el cumplimiento de los derechos sociales de los trabajadores”, precisó que el TEDH reconoce “un amplio margen de libertad” a los estados para legislar como “mejor entiendan” en esta materia. Y más cuando Europa “se enfrenta a sendas crisis económica y migratoria de escala excepcional”, detalló el presidente del TEDH.

Limitaciones “El Tribunal no puede garantizar el derecho absoluto a la protección social”, reconoció Raimondi. No obstante, aunque el TEDH tenga en consideración las circunstancias presupuestarias nacionales, Raimondi remarcó que “el contexto económico no puede justificar toda reducción de prestación posible” y que “la protección de las personas vulnerables es el núcleo esencial de su actuación”. Como ejemplo hizo alusión a las pensiones y aseguró que están protegidas, ya que “no se permite una reducción de estas prestaciones que vaya en contra de los derechos sociales”.

Otro tema que abordó Raimondi fue la relación entre el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) y el Tribunal Europeo de los Derechos Humanos (TEDH), que él preside. Respecto a este asunto, Raimondi afirmó que en el pasado hubo “cierta divergencia”, pero opina que actualmente las relaciones entre ambos tribunales “es excelente”.

Una abogacía “fuerte e independiente”. Eso es lo que, además de buenos jueces, se requiere para hacer justicia, según Raimondi. “Se necesita que haya una fuerte instancia jurídica nacional en cada país porque el primer actor, el protagonista, no es la Corte sino el espacio interno judicial”, indicó. Pero si el caso llega al TEDH, Raimondi afirmó que en un 95 % de los casos la ejecución del fallo del Tribunal europeo es “satisfactoria”.