madrid - “Asilo, por favor” o una frase similar en su idioma o chapurreada en inglés es la utilizada por la persona que huye de su país y con la que inicia el procedimiento para ser solicitante de protección internacional en España, un método para el que puede haber excepciones con los refugiados sirios.

Y es que para la llegada a España del cupo de refugiados (17.680) acordado con la UE “quedan muchas cosas por decidir”, coinciden la portavoz de la Organización de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR) en España, María Jesús Vega, y la responsable del área jurídica de la Comisión Española de Ayuda al Refugiado (CEAR), Paloma Favieres. Falta por concluir cómo será la forma de llegada de estas personas de Siria (también de Irak o Eritrea) que el Gobierno se ha comprometido a acoger o si se va a trasladar a buscarlos a Grecia una misión. Lo que sí está claro es que a estos refugiados “no se les va a aplicar” el tratado de Dublín, que es el instrumento europeo para que las personas no vayan de un país a otro pidiendo asistencia y fija que sea el de entrada el que se haga responsable de esa gente, explica Vega. El cupo destinado a España va a tener un sistema de cogida y de protección por parte del Gobierno español y no procede que esas personas se pasen luego a otro país, ha comentado.

En España, los pasos para ser solicitante de protección internacional y conseguir el derecho de asilo y la protección subsidiaria se realizan a través de dos procedimientos: el acelerado y el administrativo. El procedimiento acelerado se hace en frontera, en un centro de internamiento o en un aeropuerto, y el administrativo en la Oficina de Asilo y Refugio (OAR) o en comisarías de Policía autorizadas.ACNUR cuantifica en 6.000 las personas que han pedido asilo en España de enero a junio.

Si el procedimiento de petición es el acelerado, las autoridades tienen tres o cuatro días para decidir; antes, la Policía hace una entrevista (datos personales y motivo de la petición) al solicitante y lo comunica a ACNUR.

La petición de admisión a trámite o no de la petición se envía a la OAR, dependiente del Ministerio del Interior, que toma la decisión final. ACNUR puede hacer informes de apoyo a la solicitud, pero no son vinculantes para la Administración, recalca Favieres.

opciones Si se deniega la petición, la persona es devuelta a su país, aunque antes puede recurrir y tendrá contestación a los 2 días siguientes. Si la solicitud es admitida, se examinará con mayor profundidad y la persona entra en España.

El otro procedimiento es el que se realiza ya dentro del territorio, y la persona tiene un mes desde su llegada para solicitar personalmente el asilo. La entrevista se la hará un funcionario en la OAR o, si es en provincias, agentes de Policía. En un mes la persona sabrá si se admite su petición.

Si es favorable, recibirá una tarjeta que debe renovar cada tres meses y se iniciará la fase de instrucción o investigación con un plazo estándar de 6 meses que puede alargarse en la realidad a más de dos años. El instructor de la OAR hará un informe con una conclusión que se eleva a la Comisión interministerial encargada de estos casos y que se reúne una vez al mes.

Si la decisión final es positiva, la persona estará bajo protección internacional, tendrá un carné con sus datos y tendrá permiso de residencia y de trabajo en España. - Efe