Gasteiz - El salto cualitativo dado por la publicidad sanitaria en los últimos tiempos debido a los cambios introducidos por internet y las tecnologías de la información, ha obligado al Departamento de Salud a preparar un nuevo decreto ya que el anterior se remonta a 1991. La nueva normativa regulará la publicidad realizada por centros, servicios y establecimientos sanitarios autorizados así como aquellos mensajes publicitarios realizados en páginas web, redes sociales, etc. Asimismo reglamentará la publicidad realizada en Euskadi por profesionales sanitarios no residentes en la CAV, así como la telemedicina.
La piedra angular de esta propuesta es un Código de Buenas Prácticas en publicidad sanitaria que respete la veracidad, objetividad y lealtad y que prohíba mensajes que por ejemplo proporcionen seguridades de alivio o curación cierta. También quedarán restringidos aquellos que utilicen como respaldo autorizaciones, homologaciones o controles de autoridades sanitarias del cualquier país. O los que aporten testimonios de profesionales sanitarios, personas famosas, pacientes reales o ficticios invitando al consumo. Tampoco estarán permitidos lo que empleen el término natural como característica vinculada a efectos preventivos o terapéuticos. O aquellos que resulten ilegibles, abusivos, difamadores y atentatorios contra la igualdad, entre otros.
Por último, el decreto contemplará la responsabilidad de los anunciantes y de los medios de comunicación que publiquen mensajes inadecuados, contemplando medidas correctoras e imponiendo sanciones. - C. Lago