málaga - La Sección Segunda de la Audiencia de Málaga desestimó ayer el recurso de súplica presentado por los letrados de la cantante Isabel Pantoja contra la decisión de la Sala de no suspender su ingreso en prisión para cumplir la pena de dos años impuesta por un delito de blanqueo. La Sala le da tres días naturales para entrar en la cárcel, plazo a contar desde que se le notifique la resolución a la representación procesal de la cantante.

Esta misma Sala ya acordó el pasado día 3 de noviembre rechazar dicha suspensión, esgrimiendo entre otros argumentos que, aunque Pantoja cumplía los requisitos para concederle el beneficio de la suspensión, había que tener en cuenta circunstancias como la gravedad de la conducta y el carácter “ejemplar” de la pena para que cumpla “su función de servir de freno a posibles conductas futuras análogas”.

La defensa presentó un recurso de súplica, al no estar de acuerdo con los argumentos del Tribunal para rechazar la suspensión y sobre todo por haber un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional (TC); además, pidió un aplazamiento de un mes para dejar organizados sus asuntos personales y profesionales. La Fiscalía Anticorrupción se opuso a estas peticiones y consideró que los plazos para ingresar en prisión se han cumplido “con creces”.

Fue el 24 de septiembre cuando este mismo Tribunal inició la ejecución de la sentencia que condenó a Pantoja, al exalcalde de Marbella (Málaga) Julián Muñoz, a su exmujer Maite Zaldívar y otras cuatro personas más y les dio un plazo para que ingresaran voluntariamente en la cárcel y pagaran la multa, que en el caso de la cantante era de 1.147.148,96 euros, de los que ha pagado ya 147.000.

Tras varios trámites, la Sala rechaza ahora, a través de un auto, el recurso de súplica y dice a Pantoja y a otros dos acusados que deben “proceder al inmediato cumplimiento de la pena de prisión impuesta” para lo que deberán “presentarse en el centro penitenciario de su elección en el plazo improrrogable de tres días, a contar desde la notificación del auto a su representación procesal”.

A reglón seguido, le adviertió a Pantoja y a los otros dos condenados de que se acordaría “su inmediata busca y captura e ingreso en prisión si no atendieran al requerimiento en el plazo otorgado al efecto”. Desde la defensa de la cantante incidieron en que se mantiene el recurso de amparo presentado ante el Tribunal Constitucional, que aún se tiene que pronunciar sobre su admisión a trámite o no y sobre la suspensión de la condena mientras se tramita. Asimismo, indicaron que acudirá voluntariamente y han reiterado que no se contempla presentar una petición de indulto.

En el auto dictado la Sala aseguró que la defensa de Pantoja centra su recurso en la existencia de una demanda de amparo ante el Constitucional, donde se ha pedido la suspensión, y asegura que “nada nuevo se añade”, por lo que reitera lo que dijo en su anterior resolución; es decir, que es el TC el competente para resolver sobre la suspensión o no mientras se tramita dicho recurso, sin que la legislación dé lugar a otra interpretación.

Contestando a los recursos presentados por los otros dos condenados, el Tribunal de reiteró en su auto la gravedad de los hechos y el que se trata de “delitos de blanqueo de capitales derivados de delitos de corrupción política, con el terrible menos cabo que se causó al interés público”. Asimismo, se ratifica en su anterior resolución en todos sus extremos, rechazando los recursos de súplica. - E.P.