bruselas - La directiva sobre retención de datos fue la respuesta de la UE a los atentados terroristas de Madrid y Londres. Una norma alumbrada en 2006, en un tiempo récord, y que ayer los jueces europeos anularon tras sentenciar que no todo vale en la guerra contra el terrorismo y que obligar a las compañías a almacenar detalles de las comunicaciones electrónicas o telefónicas de sus clientes durante un plazo de hasta dos años supone una "grave injerencia" en sus derechos fundamentales.
El fallo, según un diplomático europeo, no solo "mete en el congelador" las negociaciones del sistema europeo de registro de datos de pasajeros también augura un vuelco en cualquier legislación española que obligue a retener datos.
De momento, el fallo tumba únicamente la ley europea. Es decir, hasta que Bruselas decida si presenta o no una nueva directiva y la tramita, la pelota estará en el tejado de los Estados miembros -todos salvo Alemania que es el único que no ha traspuesto la legislación- que serán quienes tendrán que decidir si modifican de motu proprio la ley o siguen aplicando la retención. Si optan por esto último, estarán muy condicionados por un fallo que cualquier empresa o ciudadano podrá utilizar ante los tribunales para desafiar la ley española de conservación de datos de 2007. Según expertos en internet, la sentencia podría afectar a numerosos procesos judiciales en los que se hayan obtenido datos a través de internet y obligar a modificar otras normas que contradigan la sentencia como podría ser la ley Sinde, la de Propiedad Intelectual o la de Seguridad Ciudadana, que pretendía obligar a los cibercafés a conservar los datos.
El Tribunal critica especialmente que los datos que conservan las operadoras permiten saber con qué persona y de qué modo se ha comunicado un abonado o un usuario registrado, el momento y el lugar en el que lo ha hecho y hasta la frecuencia. Es decir, "indicaciones muy precisas sobre la vida privada de las personas" que pueden llevar a determinar hábitos, lugares de residencia y otras actividades y relaciones sociales. "Al imponer la conservación de estos datos y permitir el acceso a las autoridades nacionales competentes, la directiva se inmiscuye de manera especialmente grave en los derechos fundamentales al respeto de la vida privada y a la protección de datos de carácter personal", critican, denunciando que la utilización posterior se realiza sin que el abonado sea informado.
Injerencia sin justificar Una injerencia que, a tenor de esta lectura, no está justificada. Si bien reconocen la existencia de un objetivo de interés general, como es la lucha contra la delincuencia grave, sentencian que los legisladores europeos superaron los límites pactando una ley desproporcionada, que no fija límites o excepciones en función del objetivo ni tampoco criterios para garantizar que se limita a lo estrictamente necesario. Tampoco está garantizada la destrucción definitiva de los datos.
Los jueces, en respuesta a una consulta prejudicial de Irlanda y Austria, también alertan de que la norma no ofrece garantías ante abusos y censura que no haya obligación de conservar los datos en la Unión Europea.