MADRID. En la sentencia, donde se estima íntegramente la demanda de las dos hermanas, se concluye que la actuación del odontólogo "no ha sido ajustada a la praxis y lex artis" y las consecuencias de las afectadas "se relacionan casualmente con una mala actuación médica". Por ello, entienden que hay responsabilidad civil por parte del médico.

Según ha informado la Asociación del Defensor del Paciente, que ha tramitado la denuncia, en marzo de 2006 las hermanas K. C. A. P. y P. S. A. P., de 33 y 24 años en la actualidad, acudieron a la clínica V. D., tras una consulta con el doctor B. R. Y., para realizarse un tratamiento de ortodoncia fija.

Dos años después, en abril de 2008, P. S. A. P. acusaba fuertes dolores en sus muelas del juicio y acudió a otra clínica dental, donde le realizaron una ortopantomografía que detectó la inclusión de la pieza número 23 dentro del paladar y se alertó sobre la necesidad de ser tratada.

Esta prueba se debería haber realizado antes de empezar el tratamiento de ortodoncia, quedando demostrado que no se realizó sobre las pacientes ningún estudio diagnóstico, consentimientos Informados ni plan de tratamiento.

La asociación ha explicado que ambas pacientes acudieron a la Clínica V. D. con el ánimo de tratar "amistosamente" el problema con el doctor, que no se hizo responsable y se negó a proseguir con los tratamientos, ya abonados, así como a dar una solución quirúrgica a la paciente, argumentando falta de confianza.

Ante esta situación de "indefensión", las pacientes requirieron una hoja de reclamaciones a la clínica y al no tener disponibles, se avisó a la Policía Municipal, y se levantó Acta por Intervención en Materia de Hojas de Reclamaciones. "La Policía pudo constatar además la falta de Licencia de actividad del establecimiento", han destacado.

Con fecha 21 de junio de 2008 P. S. A. P. se realizó una intervención quirúrgica para extraer la pieza 23 por vía palatina en otra clínica, donde junto con su hermana K. C. A. P. han tenido que continuar el tratamiento de ortodoncia desembolsando nuevamente el coste del mismo en otro centro.

En ambas pacientes se ha alargado el tratamiento de ortodoncia hasta llegar a más de 40 meses, cuando los manuales de Ortodoncia indican no sobrepasar los 25 meses, debido al impacto negativo que puede tener sobre el soporte de las piezas dentales, sufriendo daños en las raíces, pérdida de soporte óseo y perdida de inserción de encía, acortando la vida media de la boca. Todo esto ha supuesto a las pacientes atención psicológica por ansiedad y depresión.

CLINICA QUE SE PUBLICITA Y CREA EXPECTATIVAS

El Juez señala que han probado "suficientemente el largo tiempo que se prolongó su tratamiento y los problemas de todo tipo que se desencadenaron como consecuencia del deficientemente tratamiento odontológico".

A este respecto, destaca "que hay que apreciar en las demandantes daños estéticos como morales, derivados del hecho de que acudieron a una clínica odontológica que se publicita frecuentemente y crea grandes expectativas" para encontrarse que "es sólo una marca y que las clínicas giran como franquicias sin que en muchos casos se pueda concretar después la responsabilidad".

"En esas clínicas sí hay especialistas médicos u odontólogos que participan de esa anómala situación y los que, en casos como el que se está ventilando, son responsables preponderadamente, ya que ellos son los que tienen en sus manos a los pacientes", entiende el juez.