madrid. El Tribunal Supremo desestimó ayer el recurso presentado por el Gobierno contra la disposición que prevé indemnizaciones a Escal UGS, la concesionaria del almacenamiento Castor, en el caso de extinción o caducidad de la concesión, incluso cuando hubiera existido negligencia por su parte. El alto tribunal consideró que el precepto recurrido "se adecúa por completo" a la legalidad y no choca con la Ley del Sector de Hidrocarburos, como sostenía la Administración, y recordó además que su mantenimiento no excluye la posibilidad de que la compañía se quede sin compensación en caso de dolo o negligencia.

En julio de 2012, y tras acuerdo del Consejo de Ministros, el Gobierno pidió al Supremo que declara no conforme a derecho un apartado del real decreto que en 2008 otorgó a Escal UGS la explotación del almacenamiento subterráneo de gas Castor, situado frente a las costas de Castellón.