MADRID. El Gobierno aprobó ayer el Codigo Penal más duro de la democracia de la democracia. El anteproyecto aprobado por el Consejo de Ministros aprueba la cadena perpetua camuflada entre delitos sexuales e incluye la posibilidad de que presos considerados peligrosos sigan hasta diez años en la cárcel tras cumplir condena, y amplía la aplicación de la libertad vigilada. También endurece las penas para delitos relacionados con la violencia machista.

Otras novedades son el castigo con hasta un año de cárcel por la difusión de vídeos o imágenes íntimas sin consentimiento de la víctima, aunque ésta hubiera accedido a la grabación. Se trata de una de las medidas que el Gobierno enmarca en la protección de las mujeres y la lucha por la igualdad, junto con la penalización de conductas como el matrimonio forzado o el hostigamiento a víctimas de violencia de género, que hasta ahora no se regulaban penalmente. En concreto, será castigado con una pena de prisión de tres meses a un año o multa de seis a doce meses el que, "sin autorización de la persona afectada, difunda, revele o ceda a terceros imágenes o grabaciones audiovisuales" que atenten contra la intimidad personal, aunque la víctima hubiera consentido ser grabada.

Por esta medida ya se ha felicitado la concejala socialista de Los Yébenes, Olvido Hormigos, que denunció al alcalde de este municipio toledano por la difusión de un vídeo íntimo sin su consentimiento. Olvidos ha considerado que se da un "paso importante" en la protección de la intimidad.

despenalización del hurto La nueva reforma también incluye la supresión de las faltas en el Código en base al principio de intervención mínima del Derecho pPenal y con el objeto de reducir el número de asuntos menores que sobrecargan los juzgados. Se mantendrán algunas como delitos leves por ser de escasa gravedad con penas de multa. Esta regulación se desarrollará en la nueva Ley de Enjuiciamiento Criminal y mientras tanto se resolverán en juicios de faltas.

La falta de hurto se sustituye por un delito leve de hurto que castigará los casos en los que lo sustraído no supere los 1.000 euros, aunque para fijar este límite se tendrá en cuenta la capacidad económica de la víctima. Actualmente, el límite del valor de lo sustraído estaba en 400 euros. Para responder a la multirreincidencia y la delincuencia grave, se prevé que en el caso de la delincuencia profesional y organizada se les pueda condenar con el tipo agravado a penas de uno a tres años de prisión e, incluso, en los casos más graves, de entre dos y cuatro años.

Esta reforma del Código Penal introduce la prisión permanente revisable en delitos de terrorismo, magnicidio, asesinatos de menores de 16 años o discapacitados, así como en aquellos producidos tras una agresión sexual sobre la víctima. Además, contempla la custodia de seguridad en casos excepcionales cuando el preso ha cumplido la pena de prisión y se valoren las "altísimas posibilidades" de reincidencia.

Entre las agravantes del delito de robo, introduce el desamparo de la víctima y el pillaje que puede darse en situaciones de catástrofe; la profesionalidad; el portar armas; la participación de un grupo organizado, y el hurto de conducciones de suministros eléctricos o de cableado de telecomunicaciones. El robo con fuerza tendrá en cuenta el modo de comisión y la fuerza utilizada para abandonar el lugar; mientras que el robo con violencia introduce un supuesto agravado para los delitos cometidos en establecimientos abiertos al público.

La agravación para estos delitos, por los que se podrán imponer medidas de seguridad a los delincuentes peligrosos, tendrá su reflejo en la estafa cuando sea cometida por una organización criminal y la defraudación afecte a una pluralidad de personas.

Otra de las novedades de este texto es la actualización del delito de asesinato que incluye ahora también el de homicidio destinado a "facilitar la comisión de otro delito o para evitar ser descubierto". Los asesinatos tienen una mayor penalidad que los homicidios ya que son muertes producidas con alevosía, por precio, recompensa o promesa, o con ensañamiento, aumentando deliberada e inhumanamente el dolor del ofendido. Cuando no concurren estas circunstancias, se imponen diez a quince años de cárcel por homicidio.

El ministro de Justicia aseguró que el nuevo Código Penal, cuyo anteproyecto se remite ahora al Consejo de Estado y al Consejo General del Poder Judicial, no provocará un incremento de la población reclusa a pesar de elevar el castigo penal con medidas como la prisión permanente revisable.