BILBAO. Morirse sale caro. Según qué tipo de funeral se elija, dar sepultura o incinerar a un fallecido, con sus consiguientes ritos religiosos o civiles, ronda entre 2.000 y 3.500 euros de media, aunque las exequias de luxe pueden alcanzar los 6.000 euros. Todos los años, los ayuntamientos de nuestro entorno tiene que hacerse cargo del entierro de algunos de sus ciudadanos porque las familias no pueden afrontar el coste de dar sepultura a su difunto. El panorama podría estar a punto de cambiar si, como espera el Gobierno español, la nueva Ley de Servicios Funerarios cumple sus objetivos, que son abaratar costes, simplificar la madeja administrativa que rodea la labor de las empresas de pompas fúnebres y, en definitiva, abrir el sector a nuevas empresas. El Consejo de Ministros aprobó en junio el proyecto de ley, que comenzará en septiembre su trámite en el Congreso de los Diputados. La ley afecta también a la Comunidad Autónoma Vasca porque, aunque es competente en materia de sanidad mortuoria, no ha desarrollado una normativa específica. El vicepresidente primero, Alfredo Pérez Rubalcaba, anunció en la presentación del proyecto que resulta importante que haya "mucha competencia y pocos trámites" que acaban elevando el precio de los funerales. "En un momento difícil como ese, que la gente tenga pocos trámites que hacer y cuanto más barato mejor es un tema importantísimo. Es una ley -justificó- que va a abaratar un servicio que desgraciadamente todo el mundo acaba utilizando". Al vicepresidente no le falta razón en una cosa: el hecho inevitable de la muerte afecta cada año a alrededor de 20.000 familias vascas que deben dar sepultura a sus muertos.

Aunque los servicios funerarios están liberalizados desde 1997, la nueva ley pretende dar un nuevo giro de tuerca, para permitir la entrada de nuevos profesionales en el sector y, en consecuencia, abaratar costes. Es precisamente este componente el que ha soliviantado a las actuales empresas del sector, que consideran que, de aprobarse como está redactada, la ley allanará el camino al intrusismo y a los intermediarios, que al contrario de lo que pretende la ley, encarecerían los costes del enterramiento y reducirían la calidad.

La ley establece que se eliminan todos los "requisitos innecesarios o desproporcionados" para el acceso a la actividad, como el número mínimo de vehículos y personal, salas de velatorio o acreditación de solvencia financiera.

Además, suprime la autorización de acceso a la actividad, que se sustituye por una "declaración responsable" ante el respectivo ayuntamiento, que habilita para el ejercicio en todo el Estado español. En esta misma línea, elimina la prohibición de trasladar y enterrar el fallecido hasta pasadas las veinticuatro horas del fallecimiento, una medida de precaución aún en vigor para evitar casos de catalepsia, que la medicina moderna hace innecesaria. La ley permitirá que el fallecido esté un máximo de tres días (72 horas) en un féretro corriente, sin ningún tipo de preparación, salvo la colocación de un material esponjoso. La excepción la constituyen los cuerpos que presentan un riesgo para la salud pública. Y se admite que el cuerpo esté sin enterrar hasta 168 horas (siete días) en un féretro especial.

La ley todavía vigente exige embalsamar los cadáveres que van a estar más de tres días sin enterramiento. Con el nuevo texto, sólo en el caso de inhumación en criptas u otros lugares autorizados de tránsito público se establece la obligación de embalsamamiento. El texto hace especial hincapié en la mejora de la protección de los derechos de usuarios de los servicios, al aumentar las obligaciones de información y transparencia en materia de precios, con la obligación de entregar un catálogo de precios.

Seguros de decesos Uno de las novedades más significativas alude a que las empresas de seguros de decesos se verán obligadas a ofertar al cliente una relación de tanatorios que organicen el sepelio, a fin de que se "garantice una efectiva libertad de elección". Se trata de una medida muy relevante, ya que el 43% de la población de la CAV cuenta con este tipo de seguros, según establece un reciente informe del Servicio vasco de Defensa de la Competencia. El nuevo texto establece asimismo que la exhumación de cadáveres para su traslado de nicho, cementerio o para su incineración podrá realizarse en cualquier momento, sin tener que esperar un plazo mínimo de cinco años.