vitoria. Alcohol, drogas y coches. Esta triple combinación siempre arroja resultados desastrosos y, en ocasiones, como sucedió hace dos años en Peñacerrada, desemboca en tragedias personales, proceso legal y cárcel. El Juzgado de lo Penal número uno de Vitoria ha hecho pública esta semana una sentencia que da por bueno el acuerdo alcanzado entre el Ministerio Fiscal y la defensa de un joven que sufrió un accidente mientras conducía bebido y drogado, y que tuvo como resultado un muerto y varios heridos. Dos años de prisión y otros seis de inhabilitación para guiar vehículos a motor habrán de compensar los efectos de un suceso que debe servir de ejemplo para que no vuelvan a producirse siniestros evitables.

Todo ocurrió el 5 de septiembre de 2009 en el término municipal de Peñacerrada. Más concretamente, en el punto kilométrico 29,5 de la carretera A-3130. El reloj acababa de marcar las 8.15 horas cuando un turismo pilotado por un joven de Vitoria de 29 años se salió de la calzada. El conductor y propietario del coche había consumido bebidas alcohólicas y sustancias estupefacientes que le incapacitaban para la conducción. Se dieron las condiciones idóneas para que perdiera el control del vehículo.

Una de las curvas se convirtió en un obstáculo insuperable para sus mermadas condiciones físicas. El vehículo, ya fuera de la carretera y sin gobierno, colisionó con un panel direccional permanente instalado por la Diputación Foral de Álava. La fuerza resultante del impacto le llevó a iniciar una serie incontrolada de vuelcos. Después de varios giros sobre sí mismo, colisionó contra una señal de curva peligrosa a derecha e izquierda. Este último golpe detuvo su alocada deriva sobre la cuneta.

un joven fallecido En el interior del vehículo, además del conductor, viajaban otros tres jóvenes en el momento del accidente. El primero de ellos se sentaba en el asiento del copiloto y sufrió una contusión en el hombro derecho que le mantuvo impedido durante 46 días. Otro, en el asiento trasero derecho, que resultó herido leve sin lesiones permanentes. El tercero, que ocupaba el asiento trasero izquierdo, justo detrás del piloto, resultó muerto. El fallecido contaba entonces con 27 años.

La Ertzaintza no tardó en llegar al lugar del accidente. Lo primero que hicieron los agentes, tras asistir a los heridos, fue informar al conductor de sus derechos y requerirle para que se sometiera a la prueba de alcoholemia por el procedimiento de analítica sanguínea. El resultado fue de 1,2 gramos de etanol por litro de sangre. Acto seguido, le pidieron que realizara un test de ingesta de drogas tóxicas y estupefacientes. El examen detectó la presencia de tetrahidrocannabinol (THC) y de anfetaminas en su organismo.

procedimiento penal Concluida la pesadilla del accidente, dio comienzo la correspondiente al proceso penal, en la que habían de dirimirse las consecuencias de un presunto delito de homicidio imprudente. Sin embargo, en este caso concreto y de acuerdo con la filosofía negociadora que contempla y defiende el Tribunal Supremo, el asunto no llegó hasta la fase de juicio oral. La conformidad suscrita entre la defensa y la Fiscalía permitió sellar un acuerdo que, posteriormente, fue ratificado por el titular del juzgado.

En su fallo, el magistrado explica que los hechos declarados probados son constitutivos de un delito contra la seguridad vial en concurso con un delito de homicidio imprudente y un tercero de lesiones imprudentes. La existencia de un pacto exime al acusado de la responsabilidad civil al haber renunciado las dos partes en litigio a la acción de resarcimiento, pero no de las consecuencias penales, por lo que el juez ha impuesto al joven dos años de prisión e inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo por el mismo tiempo. Igualmente se le privará del derecho a conducir por un periodo de seis años. Por último, se le ordena hacerse cargo de las costas del procedimiento.