madrid. Los inmigrantes que tengan un hijo de nacionalidad española a su cargo podrán regularizar su situación en España gracias al nuevo arraigo familiar que contempla la propuesta de reglamento de la Ley de Extranjería presentada ayer. Horas después de esta presentación, el Congreso acordó reformar dos artículos (31 bis y 59 bis) de la Ley de Derechos y Libertades de los Extranjeros en España y su Integración Social de 2009 para mejorar la protección de las víctimas de violencia machista o de trata y redes de explotación sexual.
La reforma de la Ley, que todos los grupos parlamentarios pretenden que se tramite con carácter de urgencia, podría estar concluida en dos meses, a tiempo para coincidir con el plazo que el Gobierno calcula para la aprobación definitiva del Reglamento.
El borrador de la Ley, que incluye 264 artículos, establece también la correción de los artículos 31 bis y 59 bis, por medio de la que las víctimas extranjeras de violencia de género y de trata o explotación sexual podrán obtener un permiso de trabajo y residencia por cinco años, además de suspenderse el procedimiento de expulsión si se hubiera abierto por su irregularidad.
El texto también fija los requisitos para conseguir la regularización por causas como arraigo laboral y arraigo social, que se podrá conceder a extranjeros que acrediten su permanencia y trabajo durante más de dos años, o quienes hayan vivido en España al menos tres años. En ambos casos, los candidatos a la regularización deberán contar con un contrato de trabajo.
En cuanto al arraigo familiar -la situación de padres extranjeros cuyo hijo o hija haya nacido en España- se puede dar cuando el país de origen de los progenitores no concede automáticamente la nacionalidad al recién nacido. En esta situación concreta, el bebé se considera apátrida y automáticamente recibe la nacionalidad española.
Esta situación puede ocurrir en el caso de los ciudadanos con nacionalidad colombiana, boliviana, argentina, costaricense o cubana, entre otras, que decidan no inscribir a sus hijos en el consulado correspondiente como nacionales de esos países.
La propuesta de reglamento también establece que los informes de integración elaborados por las administraciones locales o autonómicas no serán vinculantes. El texto deberá pasar 15 días de consulta pública y recibir el visto bueno del Consejo de Estado y del Consejo Económico y Social antes de su aprobación definitiva por el Consejo de Ministros, que podría ser en unos dos meses.
Éste es el mismo plazo de tiempo estipulado por el Congreso de los Diputados para poder llevar a cabo la reforma de los dos artículos de la Ley, que todos los grupos acordaron ayer a propuesta del Grupo Popular, si se tramita con carácter de urgencia.
El diputado del Partido Popular responsable de los asuntos de inmigración, Rafael Hernando, defendió la necesidad de reformar los artículos 31 bis y 59 bis de la Ley por considerar que no garantizan suficientemente la seguridad de las mujeres que presentan denuncias por malos tratos o explotación, causa que provoca que éstas mujeres no se atrevan a acudir a las autoridades.
El pleno del Congreso acordó reformar estos dos puntos, con lo que el Reglamento también deberá ser reformado.