MADRID. La organización de consumidores añade que las autoridades de Consumo de Madrid y Andalucía han abierto sendos expedientes sancionadores a ambos operadores de móviles, como consecuencia de las denuncias presentadas por FACUA-Consumidores en Acción hace un año.
FACUA insta a los usuarios afectados a que reclamen a las compañías que les devuelvan las cantidades de las que se apropian cuando no realizaron recargas en varios meses -entre siete y trece, según el operador-, además de darles de baja las líneas.
Para la organización de consumidores es "lamentablemente habitual" que los procedimientos abiertos por las autoridades de Consumo se tramiten una "enorme lentitud, para perjuicio de los intereses de los consumidores", que un año después de las denuncias continúan sufriendo las mismas irregularidades por parte de las compañías de móviles.
FACUA critica la "pasividad" del Instituto Nacional de Consumo (INC) que "se desentendió de las denuncias" y explica en su nota que las derivó a la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, desde donde las devolvieron al INC, al entender que las denuncias aludían al incumplimiento de normativa de protección al consumidor y no de telecomunicaciones.
El INC se limitó a desviar nuevamente las denuncias, ésta vez a la Comunidad de Madrid, sede de las compañías, en lugar de analizar jurídicamente el asunto e instar a las compañías a rectificar y fomentar actuaciones sancionadoras por parte de todas las comunidades autónomas, añade la organización de consumidores.
En cuanto a las denuncias en la Andalucía FACUA informa de que se tuvieron que presentar en tres servicios provinciales de Consumo distintos, en Cádiz (Orange), Córdoba (Movistar) y Málaga (Vodafone), y sólo desde este último se ha iniciado el expediente sancionador al operador.
FACUA considera que las prácticas de las operadoras vulneran el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, que considera abusivas "las estipulaciones que impongan (...) la pérdida de las cantidades abonadas por adelantado y el abono de cantidades por servicios no prestados efectivamente".
Añade que las compañías están en su derecho a establecer determinadas condiciones de consumo, pero siempre que éstas no resulten abusivas y devuelvan el saldo a los usuarios a los que den de baja.