DONOSTIA. La sentencia del caso, a la que hoy ha tenido acceso Efe, impone un año más a uno de los imputados por un delito de agresión sexual a una de las chicas.
El mismo documento judicial absuelve no obstante a los tres encausados y a otros cinco trabajadores del club de un delito de "determinación coactiva a la prostitución" que les imputaba la Fiscalía.
Los hechos se remontan al año 2007 cuando, según el escrito de la Sección Primera de la Audiencia de Gipuzkoa, la única mujer acusada, de nacionalidad brasileña, contactó con dos compatriotas suyas a las que ofreció la posibilidad de venir a España para ejercer la prostitución, a lo que las dos chicas accedieron "de forma libre y voluntaria".
Para ello, la procesada, "en concierto previo" con el dueño de un club de alterne de Ezkio-Itsaso , les pagó los billetes de avión y les entregó 200 euros en metálico para que atravesaran la frontera bajo la "apariencia de turistas".
De esta manera, las dos chicas, a las que luego se unió una más de nacionalidad dominicana captada por el tercer acusado, adquirieron una deuda que debían pagar una vez en España, donde además debían abonar entre 55 y 60 euros al día en concepto de "alojamiento y manutención" en el club.
Tras finalizar cada "jornada laboral", las chicas "liquidaban las cuentas de la pensión y las deudas pendientes", de forma que la "casa" se quedaba con la mitad del importe de las consumiciones a las que habían sido invitadas, aunque recibían íntegramente para sí el dinero obtenido por las relaciones sexuales mantenidas.
El escrito también detalla un episodio ocurrido en el citado club, cuando uno de los condenados intentó mantener relaciones sexuales con una de las chicas y, ante la negativa de ella, "le tocó un pecho, le tiró del pelo y le pellizcó el estómago", aunque desistió ante los gritos y lloros de la víctima que fue auxiliada por una compañera.
La sentencia condena por un delito de favorecimiento de la inmigración clandestina a los tres procesados y al último de ellos por uno más de agresión sexual, aunque les absuelve de otro delito de "determinación coactiva a la prostitución", ya que entiende que las chicas "entraron de forma voluntaria a trabajar en el club".
El documento desvela asimismo que "con el dinero que obtenían del ejercicio libre de la prostitución pagaban" su estancia y parte de su deuda, mientas que "el resto quedaba para ellas" y, "de hecho, mandaban dinero a sus países de origen".
Además, "podían entrar y salir libremente del local, manteniendo siempre consigo su pasaporte", hasta el punto de que "las tres mujeres se marcharon" del prostíbulo "sin pagar enteramente la deuda".
El texto judicial revela también que dos de ellas incluso "volvieron posteriormente de forma voluntaria" al local para seguir trabajando en la prostitución y aclara que si no realizaban determinadas prácticas sexuales reclamadas por los clientes "la única consecuencia era una menor ganancia ese día por el servicio que dejaban de realizar", por lo que no fueron obligadas a ejercer la prostitución dentro del local.