madrid. El nuevo permiso de conducir A2 para motocicletas de potencia media entrará en vigor el próximo miércoles 9 de diciembre junto al resto de licencias y permisos de conducir contemplados en la reforma del Reglamento General de Conductores, excepto en el caso del nuevo permiso de conducción para ciclomotores, el AM, que entrará en vigor el 1 de septiembre de 2010, según apuntan desde la DGT.
La reforma que realizó el Gobierno del reglamento para adaptarlo a la directiva europea establece la creación de un nuevo permiso de conducción para motocicletas, el A2, que es intermedio entre los actuales A1 y el A, y autoriza a conducir motos de potencia media (una potencia máxima de 35Kw/47 caballos) de unos 500 centímetros cúbicos.
Este permiso se podrá obtener de manera directa siempre que el aspirante tenga 18 años cumplidos y supere todas las pruebas de control de conocimientos y aptitudes correspondientes, o de manera progresiva, siempre que el aspirante sea titular de permiso A1 con, al menos 2 años de antigüedad y supere una prueba de control de aptitudes y comportamientos.
Para conducir las motos más potentes, de más de 500 centímetros cúbicos, se necesitará tener el permiso A, que hasta ahora podía conseguirse a los 18 años de edad. No obstante, a partir de ahora se obtendrá mediante un acceso progresivo, con 20 años de edad, dos años de experiencia con el permiso A2 y tras superar una formación específica.
Además, la actual licencia de conducción de ciclomotores (hasta 50 centímetros cúbicos) se convierte en un nuevo permiso de conducción de la clase AM, que amplía en un año la edad mínima de obtención, al pasar de los 14 a los 15 años a partir del 1 de septiembre de 2010, si bien éste no autorizará a transportar pasajeros hasta que su titular tenga 18 años. Por otro lado, el nuevo reglamento amplía los períodos de vigencia de los permisos y de las licencias de conducción con respecto a los actuales. Los permisos AM, A1, A2, A y Licencias de conducción se tendrán que renovar cada 10 años hasta los 65 años y, a partir de esa edad, la renovación se realizará cada cinco. Por su parte, los permisos profesionales se renovarán cada cinco años mientras su titular no cumpla 65 y cada tres años, a partir de esa edad.