El juez Juan Carlos Peinado ha citado para las 17:30 horas de este lunes a la esposa del presidente del Gobierno español, Begoña Gómez, para comunicarle que, si acaba juzgada, lo será por un jurado popular por todos los delitos por lo que está investigada --tráfico de influencias, corrupción en los negocios, apropiación indebida de marca e intrusismo--, no solo por la supuesta malversación, como acordó en un principio.
Es la sexta vez que Gómez es citada por el titular del Juzgado de Instrucción Número 41 de Madrid. Las dos primeras veces se acogió a su derecho a guardar silencio; y en la tercera y la cuarta decidió contestar solo a su defensa.
La quinta vez optó por no acudir, quedando representada por su letrado, el exministro socialista Antonio Camacho. Fue el pasado 27 de septiembre, cuando el juez la citó para informarla de que, en caso de ir a juicio por la pieza separada de malversación --relativa a la contratación y las actividades desarrolladas por su asesora en Moncloa, Cristina Álvarez,-- sería juzgada por un jurado popular.
En aquella ocasión, la defensa se amparó en una circular de la Fiscalía del 29 de diciembre de 1995 sobre el proceso ante el tribunal del jurado, que fija que la presencia de los investigados en la comparecencia prevista en el artículo 25 de la Ley Orgánica del Tribunal del Jurado "no es indispensable".
De cara a este lunes, Peinado ha señalado que tanto Gómez como Álvarez y el empresario Juan Carlos Barrabés --a los que también ha abocado a un juicio por tribunal del jurado-- deben "comparecer necesariamente" asistidos de sus respectivos letrados. Sin embargo, fuentes de la defensa consultadas por Europa Press sostienen que la de este lunes es una comparecencia como la del 27 de septiembre, por lo que lo más probable es que Gómez tampoco acuda.
Investigación
Igualmente, se espera que las defensas pidan el archivo y que las acusaciones populares --que dirige Hazte Oír-- reclamen nuevas diligencias. A este respecto, fuentes jurídicas indican que Iustitia Europa plantea pedir la imputación del presidente español, Pedro Sánchez, para lo que Peinado tendría que dirigir exposición razonada al Tribunal Supremo (TS). En la comparecencia anterior, ya pidieron su testifical.
Y ello después de que Peinado razonara que "las acciones llevadas a cabo por Gómez, derivadas de su relación de parentesco con el actual presidente del Gobierno, es la causa que se considera fundamental para poder apreciar la posible concurrencia del delito de tráfico de influencias" y los demás.
El juez abrió la pieza principal en abril de 2024 a raíz de una denuncia presentada por Manos Limpias en la que se acusaba a Gómez de haberse valido de su condición de esposa del presidente del Gobierno para recomendar a empresarios, como Barrabés, que se presentaban a licitaciones públicas. Por estos hechos, imputó a Gómez corrupción en los negocios y tráfico de influencias. Precisamente por este último delito, Peinado considera que toda la causa puede acabar juzgada por un tribunal jurado, porque está incluido en la lista de delitos que son competencia exclusiva del jurado popular y arrastraría al resto.