El juez procesa a Oltra "por imperativo legal" tras obligarle la Audiencia a reabrir la causa
Ahora el magistrado da diez días a la Fiscalía y a las acusaciones personadas en el procedimiento para que soliciten la apertura de juicio oral, formulando escrito de acusación, o el sobreseimiento de la causa o, excepcionalmente, la práctica de diligencias complementarias
El titular del Juzgado de Instrucción número 15 de Valencia ha dictado procedimiento abreviado "por imperativo legal" de la causa contra la exvicepresidenta del Gobierno valenciano Mónica Oltra por la gestión del caso de los abusos sexuales cometidos por su exmarido.
El auto de transformación de las diligencias previas en procedimiento abreviado lo hace en aplicación del auto dictado por la Sección Cuarta de la Audiencia de Valencia, hecho público este jueves, que ordenó reabrir la causa al estimar parcialmente los recursos de la acusación particular -la víctima de los abusos- y las dos acusaciones populares -Vox y la asociación Gobierna-te- contra el archivo provisional dictado el 2 de abril por el Juzgado.
Reabren la causa contra Mónica Oltra por presunto encubrimiento de los abusos de su exmarido a una menor
Ahora el juez da diez días a la Fiscalía y a las acusaciones personadas en el procedimiento para que soliciten la apertura de juicio oral, formulando escrito de acusación, o el sobreseimiento de la causa o, excepcionalmente, la práctica de diligencias complementarias, según informa el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana.
El titular del Juzgado de Instrucción 15 consideró que todos los indicios que fundamentaron en su momento las imputaciones judiciales contra las personas investigadas se habían "desvanecido por completo", y la Fiscalía respaldó el archivo al no observar indicios de criminalidad en ninguno de los investigados.
Sin embargo, la Sala de la Audiencia de Valencia ha revocado el archivo al entender que no puede "descartarse claramente" la existencia de infracción penal y que hay indicios suficientes para encausar a los investigados, y afirma que ha de ser en el acto del juicio oral donde se diluciden las posibles responsabilidades penales.
De acuerdo con ese auto de la Sección Cuarta de la Audiencia, ha de ser el acto del juicio oral "donde se dilucide, con la mayor amplitud que proporcionan los principios procesales que rigen la prueba en el juicio, las cuestiones relativas a las concretas circunstancias en las que tuvieron lugar los hechos y el juicio de tipicidad que los mismos merecen".
Por esta causa judicial contra Mónica Oltra y otras quince personas sobre la gestión del caso de los abusos sexuales a una menor tutelada por la Generalitat cometidos por el exmarido de la exvicepresidenta, ella dimitió el 21 de junio de 2022, hace justo dos años.
Temas
Más en Política
-
Feijóo afirma al cierre de la cumbre del PPE que el Estado “necesita un cambio y está cerca”
-
La Guardia Civil registra el Ayuntamiento de València para requerir contratos de un edil de Vox
-
Mazón, al ser preguntado por la reunión de Von der Leyen con las víctimas de la dana: “Me parece que me tengo que ir de viaje”
-
La UCO no encuentra información de interés en los correos y WhatsApp del García Ortiz