- Un Tribunal Constitucional (TC) dividido avaló ayer, por seis votos a tres, la condena por sedición y malversación dictada por el Supremo contra el exvicepresident de la Generalitat Oriol Junqueras y el exconseller Raül Romeva, condenados a 13 y 12 años de prisión, respectivamente. Los recursos de amparo de los condenados fueron rechazados por la mayoría conservadora del tribunal con los votos particulares de los progresistas María Luisa Balaguer, Juan Antonio Xiol y Ramón Sáez. Esto es así porque en la presente deliberación no participaron los magistrados Antonio Narváez y Cándido Conde-Pumpido, que se abstuvieron tras ser recusados. A ellos se suma Alfredo Montoya, de baja por enfermedad.

Así, no se alcanzó la unanimidad en el fallo, un hecho que no es algo ajeno al tribunal, como ha quedado acreditado en la resolución de los amparos de los condenados por sedición en el proceso soberanista, en los que siempre han formulado votos particulares Balaguer y Xiol. Solo se logró esa unanimidad en las condenas por desobediencia de los exconsellers Carles Mundó y Meritxell Borrás.

Jurídicamente, el recurso de Junqueras era el más complicado y extenso de todos los condenados por las diversas vulneraciones de derechos fundamentales que planteaba en su escrito, cuya ponencia ha correspondido al presidente del tribunal, Pedro González Trevijano. Una vez que el tribunal ha desestimado estos recursos, los condenados ya pueden recurrir al Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), que es su objetivo final en su recorrido judicial y donde tienen depositadas sus esperanzas.

El recurso argumentaba que la sentencia del Supremo supone la violación de varios derechos fundamentales. Junqueras y Romeva -en libertad tras recibir el indulto- se referían tanto a los hechos del 20 de septiembre, la manifestación frente a la Conselleria de Economia, como al referéndum del 1-O. En el primer caso, los letrados insisten en que la ciudadanía ejerció los derechos de reunión, manifestación y protesta de forma no violenta. Y en cuanto al referéndum, mantienen que fue un ejercicio de libertad de expresión y de ideología.