VITORIA - La primera sesión del juicio por el caso De Miguel estuvo caracterizada por dos cuestiones técnicas. De un lado, la Fiscalía pidió la comparecencia de nuevos testigos, lo que no se había producido a lo largo de la fase de instrucción y, por otro lado, las defensas de los encausados solicitaron la nulidad de toda la instrucción por la conculcación de derechos fundamentales de los acusados -como el de intimidad, inviolabilidad del domicilio y del secreto de comunicaciones, entre otros- debido a la “extralimitación” de los agentes de la Ertzaintza de la unidad de delitos económicos a la hora de extraer información de los ordenadores de los acusados y a la incautación “indiscriminada” e “ilegal” de pruebas.

Fuentes jurídicas de toda solvencia consultadas por DNA consideran que tan extraña es la primera de las cuestiones -la planteada por el fiscal- como habitual la segunda -la de los abogados-. “Resulta muy extraño que en la primera jornada del juicio oral, la Fiscalía pida la incorporación de nuevos testigos. Sobre todo, cuando han sido tantos los años de instrucción de este caso. Después de tanto tiempo es extraño que el fiscal, en la primera jornada pida la comparecencia de estos nuevos testigos”, aseguran las fuentes jurídicas consultadas por este diario. Otra cosa es que en el transcurso de las sesiones aparecieran estos nuevos testigos. “Si a lo largo de varias sesiones aparece de forma repetida el nombre de una o varias personas que no están citadas como testigos, es lógico que entonces se pida su comparecencia, pero no de entrada en la primera sesión del juicio oral”, señalan.

nulidad Por lo que respecta a la segunda cuestión, la petición de nulidad de toda la instrucción, estas fuentes jurídicas consideran que se trata de algo “lógico y normal” y que es algo que se produce en todos los juicios. “Es normal que la defensa pida la nulidad del juicio. Es algo que se hace en todos los procesos”, señalan.

De hecho, así ocurrió el inicio del juicio del caso Gürtel, cuando todos los abogados, comenzando por el de Luis Bárcenas y el del PP, reclamaron la nulidad de la causa. Otro tanto sucedió en el caso Malaya o en el caso de los ERE de Andalucía.

En su blog, el abogado penalista José María de Pablo, ofrece lo que considera las 10 estrategias de la defensa. Así, lo primero, es estudiar la prescripción, sea o no sea culpable el cliente. “Muchas veces, por la complejidad de la investigación, la demora de la víctima en denunciar, o la lentitud del juzgado en cuestión, el tiempo transcurrido desde la comisión del delito hasta que el procedimiento se dirige contra el culpable supera los plazos del artículo 131 del Código Penal, y bastará alegar la prescripción para salvar al cliente de la temida condena”, afirma.

Y en segundo lugar coloca la petición de la nulidad de instrucción. “A veces, esas pruebas que creemos demoledoras contra nuestro cliente han sido obtenidas por medios ilícitos o con vulneración de derechos fundamentales. Como en la lucha contra el delito no todo vale, el artículo 11 de la Ley Orgánica del Poder Judicial establece que no surtirán efecto las pruebas obtenidas, directa o indirectamente, violentando los derechos o libertades fundamentales”, señala.

Este abogado penalista asegura, además, que “la nulidad se puede pedir en diversos momentos del proceso: al levantarse el secreto de sumario, durante la instrucción, como cuestión previa al comenzar el juicio oral, en el recurso de apelación o casación”.