VITORIA - La Audiencia de Araba ha sobreseído el caso Denokinn en el que estaban siendo investigados el actual director de Presupuestos del Gobierno vasco, Hernando Lacalle, la ex diputada foral de Araba, Aran-tza Zenarruzabeitia, y un funcionario, al considerar que “no resulta debidamente justificada” la acusación de prevaricación administrativa y tampoco hay existencia de “indicios claros” de malversación de caudales públicos.
Los hechos, que se remontan a febrero de 2010, cuando Lacalle era director de Promoción Económica de la Diputación alavesa, hacen referencia al supuesto desvío de 125.000 euros desde el ente foral hacia la Asociación para el Fomento y la Innovación Denokinn, que suscribió un contrato con la sociedad pública Álava Agencia de Desarrollo para la puesta en marcha del proyecto Deika dirigido a nuevos proyectos empresariales.
En el auto se estiman los recursos presentados por los tres investigados contra los autos del 20 de junio y 20 de septiembre dictados en las diligencias previas del Juzgado de Instrucción número 4 de Gasteiz. La Audiencia de Araba revoca las resoluciones impugnadas por las que no se archivaba el caso y, por contra, acuerda el sobreseimiento provisional de la causa. Este auto es firme y no cabe recurso. El Gobierno vasco ha destacado el hecho de que todos los casos de altos cargos del Ejecutivo encausados han sido archivados.
Respecto a Lacalle y Zenarruzabeitia, la Audiencia llama la atención sobre el hecho de que la acusación pública limite su imputación sobre estos hechos a ambos porque la “controvertida” decisión de suscribir el convenio entre Álava Agencia de Desarrollo y Denokinn “no fue exclusiva” de estos dos investigados, sino tomada por unanimidad en su Consejo de Administración. En cuanto al funcionario, el archivo deriva de la ausencia de imputación de hechos punibles en el auto del 20 de junio, lo que la Audiencia alavesa achaca a una “defectuosa redacción”.
En relación al delito de prevaricación administrativa, señala que el acuerdo suscrito entre Denokinn y la Agencia era un convenio de colaboración en el marco de la actividad de ésta “tendente a revitalizar el tejido empresarial de Álava”. Expresa además sus dudas acerca de si las cantidades abonadas tenían la condición de subvención, como consideró el Tribunal Vasco de Cuentas Públicas. - E. Press