madrid - El Ejecutivo de Mariano Rajoy agilizó ayer el procedimiento para el posible cambio del domicilio social de las empresas catalanas cargándolo en las espaldas del gabinete que lidera Carles Puigdemont, y lo hizo además con el beneplácito del PSOE y Ciudadanos, con quienes aseguró haber abordado en persona el real decreto debido a la demanda desde “amplios sectores empresariales”. El Consejo de Ministros aprobó un decreto ley de medidas urgentes en materia de movilidad de los operadores económicos dentro del territorio nacional, con el que se establece un nuevo marco para agilizar el cambio de sedes sociales de las empresas en territorio estatal.

El ministro de Economía, Industria y Competitividad, Luis de Guindos, explicó que la norma aclara quiénes son los órganos competentes para aprobar el cambio de sede social por parte de las sociedades que así lo decidan, y se facilitan los trámites, de manera que solo si existe una declaración expresa en contrario por parte de los Estatutos de la sociedad, será el Consejo de Administración el competente para aprobarlo. Con la norma, que se publica hoy en el Boletín Oficial del Estado (BOE), se pretende dar plena efectividad al artículo 285 del texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital mediante una aclaración de su contenido, para así facilitar su aplicación. En aquella norma del año 2010 se estableció que cualquier modificación de los estatutos sería competencia de la junta general y que, salvo disposición en contrario de los mismos estatutos, sería el órgano de administración el competente para cambiar el domicilio social dentro del término municipal. En una norma posterior, de mayo de 2015, se amplió el ámbito de aplicación a todo el territorio nacional y se estableció que “...salvo disposición contraria de los estatutos, el órgano de administración será competente para cambiar el domicilio social dentro del territorio nacional”.

La decisión aclara que la “disposición contraria” existirá solo cuando los estatutos “dispongan expresamente que el órgano de administración no ostenta esta competencia”. De esta forma, se necesitará una mención expresa de los estatutos de la sociedad para que el consejo de administración no sea el competente para decidir el traslado de la sede social de la empresa. Además, el decreto ley contiene una disposición transitoria para referirse a los traslados de domicilios de sociedades cuyos estatutos se hubiesen aprobado antes de esta reforma. El titular de Economía también aclaró que la norma afecta a “todas las sociedades que tengan su domicilio en España, independientemente de quien sea el capital”.

“La extraordinaria y urgente necesidad de la medida viene justificada por la exigencia de garantizar la plena vigencia del principio de libertad de empresa, así como de respetar la prohibición de adoptar medidas que obstaculicen la libertad de establecimiento de los operadores económicos, ambos preceptos recogidos en la Constitución”, subrayó De Guindos. Tras culpar de “irresponsable” la política de la Generalitat, consideró “muy triste que estemos viendo la salida de empresas importantísimas de Cataluña”. “Esto no es culpa de las empresas sino de las políticas que generan incertidumbre, inquietud”, que “es lo peor que puede haber en el mundo empresarial”, al tiempo que apuntó que los responsables de estas decisiones “tendrán que dar explicaciones”. El Gobierno español va a “favorecer todo lo que permite la prosperidad económica en Cataluña” para que las empresas “puedan creer y puedan generar empleo”, subrayó el ministro. - DNA