gasteiz - La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha rechazado el recurso presentado por un joven de Gasteiz encarcelado por lanzar un cóctel molotov contra una máquina expendedora de billetes y una marquesina del tranvía de la capital alavesa en la madrugada del 28 de septiembre de 2009, en el contexto del Gudari Eguna. Alegaba el preso, cuya condena expira en 2020, que los hechos juzgados son de “menor gravedad” y por tanto se debería aplicar el subtipo atenuado del artículo 579 bis 4 del Código Penal y rebajar de este modo la pena en uno o dos grados. Añadía la defensa del joven que se había vulnerado su derecho a la libertad en relación al artículo 17.1 de la Constitución y del artículo 5.1 del Convenio Europeo de Derechos Humanos.
Ya en noviembre del año pasado la Audiencia Nacional rechazó revisar la sentencia del 1 de marzo de 2011, y el pasado 12 de julio el Supremo desestimaba el recurso de casación interpuesto por el joven, que tenía 19 años cuando se produjeron los hechos, y le condenó a pagar las costas ocasionadas. “El recurrente se encuentra integrado en organización terrorista”, señala el Supremo, lo que a juicio de los magistrados justifica la pena impuesta.
La sentencia condenó al joven por su pertenencia a Segi y por arrojar gasolina a la máquina expendedora de billetes de la parada del tranvía de la calle Gernikako Arbola de Gasteiz. Posteriormente, en compañía de otros dos jóvenes también condenados por estos hechos, lanzó un cóctel molotov que incendió la infraestructura. - T.D.