MADRID - Los jueces destinatarios de los exhortos enviados por la jueza argentina María Servini para colaborar en la causa sobre los crímenes cometidos durante la Guerra Civil y la dictadura tienen plena libertad a la hora de atender dichas peticiones. Así coinciden en señalarlo a preguntas de DNA las dos asociaciones de magistrados mayoritarias en España, Jueces para la Democracia (JpD) y la Asociación Profesional de la Magistratura (APM), lo que en la práctica dejaría sin efecto la orden emitida por la Fiscalía General del Estado para suspender la declaración de los querellantes citados en diversos juzgados españoles. El objetivo de Servini con este proceso es determinar si los crímenes cometidos en ese periodo pueden considerarse de lesa humanidad.

La directriz del Ministerio Público, dependiente del Gobierno del PP, ya provocó el martes que la titular del juzgado número 4 de Oviedo suspendiera la declaración prevista del ex secretario general del PCE Gerardo Iglesias dentro de la querella argentina. Sin embargo, a juicio del portavoz de la APM Celso Rodríguez Padrón, “si un juez español recibe una petición de auxilio internacional de otro país, quien tiene la competencia para decidir la tramitación de esa comisión rogatoria es el propio juez, no el fiscal”. De este modo, interpreta que la vista de hace dos días en Oviedo “ha podido suspenderse pero por una decisión de los jueces españoles”.

Por su parte, el portavoz estatal de JpD, Ignacio González Vega, considera que “tanto los tratados internacionales como las leyes internas de los Estados exhortan a las autoridades judiciales, entre ellas los fiscales, a atender las peticiones de auxilio jurídico internacional y procurarles la mayor asistencia posible”. Poco importa que la Fiscalía haya tratado de impedir este proceso: según González Vega, “obviamente, los jueces deberían cumplimentar” los exhortos de María Servini. Ello afecta a la toma de declaración tanto de los querellantes -más de cien asociaciones- como los victimarios -19 ex altos cargos de seguridad durante la dictadura-.

Estas opiniones coincidentes adquieren más valor si cabe al provenir de dos asociaciones en las antípodas ideológicamente. El representante de la conservadora APM insiste en que “la competencia es del juez que recibe el encargo de su homólogo argentino y, por lo tanto, el fiscal podrá oponerse, incluso interponer los recursos que procedan, pero el dominio del trámite no corresponde a la Fiscalía sino a los juzgados”. Desde la progresista JpD, González Vega resalta la dependencia que marca el margen de maniobra del Ministerio Fiscal: “Al fiscal general le nombra el Gobierno, otra cosa es que tenga una cierta autonomía”. De este modo, “por un lado está la Fiscalía, que puede argumentar lo que quiera, y por otro el juez, que está obligado a prestar asistencia judicial a los Estados”.

Justicia universal Celso Rodríguez Padrón, magistrado de la Audiencia Provincial de Madrid, subraya la necesidad de atenerse a la legislación española sobre jurisdicción universal, que ha sido modificada en los últimos tiempos. “Esta regulación sufrió una reforma hace pocos años -describe- y la ley orgánica del poder judicial se vio matizada, de modo que ahora mismo en España ya no se tratan causas como la que se llevó a cabo en su día del caso Pinochet en la Audiencia Nacional”. Ello afecta a “nuestra propia jurisdicción y a la de tribunales de otros países que investigan causas por lo que consideran que pueden ser delitos cometidos en España”.

Respecto a los argumentos esgrimidos por el Ministerio Fiscal -que los delitos han prescrito, por lo que cita la Ley de Amnistía de 1977, y que son competencia de la Justicia española, no la argentina-, Ignacio González Vega (JpD) cree que “en todo caso eso es una cuestión de fondo que debería valorar la autoridad exhortante, la jueza argentina, pero en principio no creo que sea un argumento válido para no prestar asistencia judicial a otro Estado”. Insiste en que “si son cuestiones de fondo, tendrán que hacerlas valer en su momento en los juicios”, se celebren “en España o en Argentina”, planteando para ello un “conflicto de competencias”.

Prevaricación Ayer se produjeron más reacciones y la Coordinadora Estatal de Apoyo a la Querella Argentina contra Crímenes del Franquismo (Ceaqua) acusó a la Fiscalía de intentar amedrentar a los jueces para evitar que víctimas e imputados en esta querella declaren en los juzgados que dirigen. Según su parecer, está intentando advertir a los magistrados, “de forma más o menos velada”, de que “podrían ser acusados de prevaricación” si acceden a tomar dichas declaraciones. Agregó que la Fiscalía está utilizando “técnicas absolutamente reprobables” al tratar de impedir que “víctimas de graves violaciones de derechos humanos accedan a la administración de justicia”.

Por su parte, la Plataforma vasca para la querella contra los crímenes del franquismo denunció que esta forma de proceder “nos demuestra, una vez más, lo lejos que está el Gobierno español y sus instrumentos jurídicos de cumplir con la justicia internacional, con los acuerdos de Derechos Humanos y con los informes de Naciones Unidas, tal y como estos organismos le vienen solicitando reiteradamente durante los últimos años”. En un comunicado, agregó que “la bochornosa actitud del Gobierno y sus colaboradores nos impulsa a trabajar con más ahínco en contra de la impunidad. Solo consiguiendo toda la verdad lograremos las garantías de no repetición, reconocimiento y dignidad de todas las víctimas”.